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  • Conversatorio: Nuevas tendencias en Relaciones Laborales Uruguay-Argentina.

    Conversatorio: Nuevas tendencias en Relaciones Laborales Uruguay-Argentina.

  • ¡Celebración 10 años ALRLU!

    ¡Celebración 10 años ALRLU!

  • Conversatorio: Despidos y nuevas tecnologías.

    Conversatorio: Despidos y nuevas tecnologías.

  • Nuevo Convenio de 15% con FCU.

    Nuevo Convenio de 15% con FCU.

  • Espacio Colabora!

    Espacio Colabora!

    Nuestra Asociación fue invitada por loa Prosecretaria de la Intendencia de Montevideo a ser parte del Espacio Colabora.
  • ALRLU – AGH

    ALRLU – AGH

    Estamos felices de poder unir nuestras asociaciones y potenciarnos.

    Convenio entre Asociación de Gestión Humana y Asociación de Licenciados en Relaciones Laborales.

    Juntos, trabajaremos y uniremos fuerzas para impulsar el crecimiento profesional, compartir conocimientos, experiencias y promover prácticas sanas y enriquecedoras en nuestro campo de las relaciones laborales y la gestión humana.

    ¡Esta alianza promete!

    AlianzaAGH_ALRU

    #GestiónHumana #RelacionesLaborales #Unidosparacrecer

  • ALRLU – WOLAP

    ALRLU – WOLAP

    Con mucho gusto anunciamos que con fecha 27 de julio de 2023 por medio de nuestra presidenta la Lic Rrll Shirley Corbo y secretaria la Lic. Rrll Mariana Montero se firmo convenio de cooperación institucional entre ALRLU e IJ INTERNATIONAL LEGAL GROUP S.A.

    .
    Pionera en el empleo de nuevas tecnologías aplicadas al Derecho, IJ International Legal Group está conformada por distintas unidades de negocio pensadas para los profesionales, el mundo académico y las instituciones jurídicas.

    .
    De este modo, IJ International Legal Group ofrece diversos espacios de consulta a través de las siguientes herramientas especializadas: IJ Editores, Lejister.com, LEX-CORE, Wolap y Desarrollos Tecnológicos.

    IJ INTERNATIONAL LEGAL GROUP S.A. se compromete a ofrecer a los socios/as activos de ALRLU un descuento de hasta 50% sobre Ciclos de Actualización y Cursos de la plataforma WOLAP por un periodo de 6 (seis) meses desde la firma del presente convenio.

  • Charla virtual

    Con mucho gusto los/as invitamos a nuestra próxima actividad! 👩🏻‍🏫

    «Tutela especial del derecho a la estabilidad en caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional»

    👩🏻‍💻Virtual plataforma zoom
    📆29/07/2023
    🕣10:00 a 11:30 horas

    ✍️Inscripciones:
    https://forms.gle/qrkBThMXvCe4ZLPG9

    Cierre de inscripción 27/07/2023

    Expositora
    Dra. Rosina Rossi

    Actividad sin costo
    Abierta a público interesado

    👩🏻‍💻Organiza: Comisión de Formación Permanente ALRLU.

  • CONVENIO ALRLU DERMOCEL

    CONVENIO ALRLU DERMOCEL

    Estimados y estimadas colegas tenemos el gusto de informarles que hemos realizado convenio con DERMOCEL el cual  tiene por objeto beneficiar a los/as socios/as activos de la ALRLU con descuentos en los servicios que esta brinda.

    DERMOCEL COSMETOLOGIA MEDICA  se compromete a ofrecer un 10% de descuento a los/as socios/as de la ALRLU en todos los tratamientos brindados por la institución, no se encuentran contemplados los tratamientos brindados por las profesionales especializadas en medicina estética.

    Las empresas pueden adquirir una GIFT CARD corporativa para sus colaboradores por reconocimiento a su trabajo, metas cumplidas, motivación, entre otros, accediendo a un 20% de descuento en los distintos tratamientos por intermedio de esta modalidad. 

    RESTRICCIONES: 

    • El descuento no es acumulable con otras promociones y/o beneficios vigentes. 

    ,,,
    Seguimos sumando beneficios para nuestro colectivo.

    DERMOCEL COSMETOLOGIA MEDICA

    • 18 de Julio N°1474 / 804, Montevideo.
    • Reservas: 095474626
    • dermocel.uy@gmail.com

  • SEMINARIO

    SEMINARIO

    Descuento especial para nuestros socios/as! 🔥🔥
    “Seminario Derecho del trabajo y nuevas tecnologías»👩🏻‍💻
    Les hacemos llegar toda la información por correo.📬

    .


    Saludos!


    #derechodeltrabajo #nuevastecnologias #relacioneslaboralesyrecursoshumanos

  • CICLO DE TALLERES

    CICLO DE TALLERES

    LIQUIDACIÓN DE CRÉDITOS LABORALES

      Fechas

    • Primer encuentro:     04/11/2022
    • Segundo encuentro: 11/11/2022

      Lugar: Salón 26 de la Facultad de Derecho (edificio central). 

      Horario: 18:00 a 20:00 horas aprox.

      Modalidad: Presencial

          Exponen:

    • Lic. en RRLL Adriana Aguiar.
    • Técnicos Asesores en RRLL Natalia Bentos y Lucas Sarubbi.

    Inscripción y consultas:

     Tema: Liquidación de créditos laborales.

     Costo: Sin costo.

     Asistencia: Estudiantes y egresados de la Licenciatura en Relaciones Laborales 

     Abierto a todo público interesado.

     Consultas: eventosalrlu@gmail.com 

     Formulario de inscripción: https://forms.gle/GNWpNdVE8zMAcSGA8

     Periodo de inscripción: 26/10/2022 – 02/11/2022

    Se entregará Certificado de asistencia a quienes asistan en ambas instancias

    No se proporcionará materiales.

    Objetivos:

    • Cumplir con el compromiso asumido por parte de la comisión de formación permanente de ALRLU y el cronograma de actividades propuesto para el 2022.
    • En base a la solicitud de los/as socios/as se tomaron los temas propuestos dando seguimiento a los intereses de capacitación manifestados.
    • Contribuir a la formación y capacitación de egresados y estudiantes en temáticas de gran interés para la carrera.
    • Analizar conceptos, normativa aplicable y métodos de cálculo de los distintos rubros o partidas salariales.
    • Abordar la temática desde una perspectiva práctica. 

    Desarrollo de la charla:  La actividad va dirigida a profesionales de las relaciones laborales, estudiantes de la carrera y público en general, interesados en comprender con mayor profundidad la liquidación de créditos laborales y los aportes a la seguridad social.

    Entre otros se estarán abordando los siguientes temas:

    Licencia, salario vacacional, aguinaldo, indemnización por despido, aportes a la seguridad social,  hecho generador, cálculo y forma de pago.

    Contrato personal BPS, altas y bajas de actividades en GAFI, multas por no cumplimiento de plazos, rectificativas de nóminas e historia laboral.

    La actividad se desarrollará con exposición sobre la temática con un tiempo aproximado de 90 minutos y 30 minutos para dudas y consultas en ambas instancias

    Los asistentes podrán levantar la mano para realizar sus consultas en cualquier momento del encuentro y cuando lo consideren pertinente. 

  • Arancel Profesional

    Arancel Profesional

    En la pasada Asamblea General Ordinaria de socios/as se presentó por parte de la comisión de Arancel profesional de la ALRLU el Arancel para el profesional de relaciones laborales y gestión humana.

    Dicho Arancel fue aprobado por mayoría presente.

    Es un gran trabajo realizado por nuestra asociación para el colectivo en su conjunto que sin duda será una muy buena herramienta a la hora de ejercer la profesión de manera independiente.

    Compartimos el documento aprobado.

    Seguimos trabajando y avanzando en proyectos que enriquecen nuestra profesión.

    Si te interesa sumarte a nuestras comisiones de trabajo puedes escribirnos a relacioneslaboralesuy@gmail.com

  • INTELIGENCIA EMOCIONAL

    INTELIGENCIA EMOCIONAL

    CHARLA VIRTUAL:

     «Inteligencia Emocional y Toma de Decisiones

    Lugar: Virtual plataforma zoom

    Fecha: 17 de septiembre del 2022.

    Horario: 10:00 a 12:00 horas.

    Disertante:

    • Lic Ana Laura Pazos

    Modera: Téc. Asesora en RRLL María Duglio

    Costo: Sin costo

    Consultas: eventosalrlu@gmail.com 

    Asistentes: abierto al público interesado

    📈Se entregará Certificado de asistencia 📈 a quien asista mínimo al 80% del evento. No se entregarán materiales.

    Tema: Inteligencia Emocional y Toma de Decisiones

    Organiza: Comisión Formación Permanente ALRLU

    Formulario de inscripción:   https://docs.google.com/forms/d/1ysQQsF_YOMObeZCQiYGsJ5D44-cW8BzbA07ClJUdA3Q/edit

    Inscripciones: del 06/09/2022 al 15/09/2022

    Objetivos:

    • Cumplir con el compromiso asumido por parte de la comisión de formación permanente de ALRLU y el cronograma de actividades propuesto para el 2022.
    • En base a la solicitud de los/as socios/as se tomaron los temas propuestos dando seguimiento a los intereses de capacitación manifestados.
    • Acercamiento al concepto de inteligencia emocional.
    • Acercamiento al concepto e implementación del mismo en la toma de decisiones.

    Desarrollo del Taller:

    • Definiciones básicas de las cuales partimos: Inteligencia Emocional/Toma de Decisiones/Competencias laborales. Competencias asociadas a la inteligencia emocional. 
    • Emociones, datos e interpretaciones:
    •  • La escalera de las inferencias 
    • • Formas de interpretar erróneamente
    •  ◦ lectura de mente ◦ lectura de futuro ◦ Culpar ◦ Etiquetar ◦ Pensamiento todo o nada ◦ Pensamiento catastrófico ◦ Deber ser ◦ Sobre generalización negativa • Conversaciones de aprendizaje. 
    • • Conflictos en el lugar de trabajo, ¿cómo resolverlos con éxito? • Análisis de casos. Ejercicios de autoconciencia y autoanálisis. Plan de acción personal. 

    La actividad se desarrollará con exposiciones sobre la temática con un tiempo aproximado de 120 minutos y un espacio para dudas y consultas. Los asistentes podrán levantar la mano para realizar sus consultas o plantear las mismas por el chat.

  • Convocatoria presentación de ponencias voluntarias

    Convocatoria presentación de ponencias voluntarias

    III CONGRESO INTERNACIONAL DE RELACIONES LABORALES

    La Asociación de licenciados en Relaciones Laborales del Uruguay (ALRLU), mediante la comisión Directiva comunica el inicio del llamado a presentación de resúmenes de ponencias a ser consideradas para exponer en el III Congreso Internacional de Relaciones Laborales. Este espacio tiene como objetivo generar intercambio de saberes y prácticas en torno a la producción de conocimiento.

    De esta manera, se propone como una instancia que apueste a la problematización y discusión de los siguientes ejes temáticos:

    • TELETRABAJO:

    Modernización en las Relaciones Laborales y la Gestión Humana.

    • SEGURIDAD SOCIAL:

    Impactos y desafíos de la Seguridad Social

    Cómo afecta la reforma de la SS al profesional de las RRLL

    • NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE CARA AL FUTURO: Análisis y comentarios

    Proyecto de Ley modificaciones a la Negociación Colectiva

    Personería Jurídica de los sindicatos

    • SEGURIDAD Y SALUD:

    Seguridad y salud en las organizaciones, abordaje fundamental.

    Normativa y cumplimiento. 

    Consultas y envió de resúmenes: congresorrll@gmail.com

    ABIERTO A PROFESIONALES DE TODAS LAS CARRERAS

  • III CONGRESO INTERNACIONAL DE RRLL

    III CONGRESO INTERNACIONAL DE RRLL

    III Congreso Internacional de Relaciones Laborales:

    “A 10 años de la Licenciatura”

    19 y 20 de Agosto de 2022

    VIRTUAL

    El Congreso tendrá lugar los días viernes 19 y sábado 20 de agosto de 2022 bajo la modalidad virtual, abordando los siguientes ejes temáticos:

    • TELETRABAJO:

    Modernización en las Relaciones Laborales y la Gestión Humana.

    • SEGURIDAD SOCIAL:

    Impactos y desafíos de la Seguridad Social

    Cómo afecta la reforma de la SS al profesional de las RRLL

    • NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE CARA AL FUTURO: Análisis y comentarios

    Proyecto de Ley modificaciones a la Negociación Colectiva

    Personería Jurídica de los sindicatos

    • SEGURIDAD Y SALUD:

    Seguridad y salud en las organizaciones, abordaje fundamental.

    Normativa y cumplimiento. 

    Contaremos con la presencia de reconocidos actores sociales, que disertarán en cada una de las mesas, incluyendo a la academia, el sector empresarial, las organizaciones sindicales y el Estado. Entendemos que el mismo ofrece la oportunidad de visualizar las diferentes perspectivas, compartir y adquirir conocimientos,  para lograr una visión integral de cada una de las temáticas.  

    Inversión: Socios/as ALRLU $700

    No socios $1500

    Estudiantes FDER $900 

    Instituciones conveniantes de ALRLU $900

    Socios Sociedad Uruguaya de Gestión de Personas $900

    Estudiantes UCU, ORT, CLAEH y UDE $900

    Alumnos y exalumnos Campus CH $900

    Socios AUDTSS $900

    Extranjeros U$D 40

    Depósito en cuenta de la ALRLU indicando nombre y apellido antes del 16/08/2022:

    Caja de ahorros BROU Cuenta: Nº110240083-00001

    Nº cuenta anterior BROU: sucursal 600 cuenta 3081222

    Enviar comprobante de depósito indicando nombres y apellido a: congresorrll@gmail.com

    📩Consultas:congresorrll@gmail.com

    📈Se entregará Certificado de asistencia 📈 a quien asista mínimo al 80% del evento.

    📌Inscripciones:

    https://forms.gle/LeuvEwwYqYA3wo8D

    Evento declarado de interés ministerial por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y por el Ministerio De Educación y Cultura.

    OBJETIVOS:

    El III Congreso Internacional de Relaciones Laborales pretende el logro de los siguientes objetivos:

    1.- Promover el estudio y discusión de temas relevantes al Trabajo, seguridad social, seguridad y salud en el ámbito laboral y la Gestión Humana , a partir de los ejes temáticos anteriormente expuestos: 

    A- TELETRABAJO: Modernización en las Relaciones Laborales y la Gestión Humana.

    B- SEGURIDAD SOCIAL:

    Impactos y desafíos de la Seguridad Social. Cómo afecta la reforma de la SS al profesional de las RRLL

    C- NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE CARA AL FUTURO: Análisis y comentarios

    Proyecto de Ley de Negociación Colectiva. Personería Jurídica de los sindicatos

    D- SEGURIDAD Y SALUD: Seguridad y salud en las organizaciones, abordaje fundamental.

    Normativa y cumplimiento.

    2.- Generar, fortalecer y tender redes entre los participantes para favorecer futuras actividades e intercambios académicos y/o profesionales.

    3.-  Fortalecer y fomentar el estudio constante del Derecho Laboral.

    4.- Fortalecer el trabajo de nuestra Asociación de forma descentralizada a nivel de todo el territorio, promoviendo la participación y el intercambio de los y las colegas radicadas en el interior del país, así como colegas del exterior mediante la modalidad virtual.

    Te esperamos para seguir transitando juntos este camino de formación continua!

    #SoyLaborales

    Con el apoyo de:

  • CONVENIO – ALRLU Y CLAEH

    CONVENIO – ALRLU Y CLAEH

    El presente convenio tiene por objeto promover la cooperación académica y el intercambio científico y técnico entre ambas instituciones, fomentando el desarrollo de líneas de docencia, capacitación e investigación en áreas que sean consideradas de mutuo interés.

    La Universidad CLAEH otorgará beneficios especiales en todos sus niveles de formación: cursos cortos, tecnicaturas, diplomas, grados y posgrados (ya sea presencial u on line). Los beneficios que se brindarán son los siguientes:

    + Propuestas académicas de la Facultad de Derecho (grados, posgrados, tecnicaturas y otros cursos) 20% de descuento.

    + Grados y posgrados de otras unidades académicas 15% de descuento.

    + Diplomas, cursos cortos y tecnicaturas de otras unidades académicas 10% de descuento.

    Para mayor información sobre el convenio y sus beneficios no dudes en consultarnos:

    relacioneslaboralesuy@gmail.com

  • ACOSO LABORAL

    ACOSO LABORAL

    CHARLA VIRTUAL «Acoso Laboral en el Ámbito Público y Privado”

    Lugar: Virtual plataforma zoom

    2 Instancias

    Primera instancia: 04/06/2022 

    Segundo instancia: 11/06/2022

    Horario: 10:00 a 12:00 horas.

    Disertantes:

    • Dra Liliana Dono (Uruguay)
    • Lic. RT Lara Yepes (Argentina)
    • Dra. María Teresa Velasco (España)
    • Lic. RRLL Mariangel Curiel 
    • Lic. Psicología María José Scaniello

    Modera: Lic. RRLL Diego Sasiaín

    Costo: Sin costo

    Formulario de inscripción:  https://forms.gle/1p6UBUDL9eEugnh78

    Consultas: eventosalrlu@gmail.com 

    Asistentes: abierto a público interesado

    Organiza: Comisión Formación Permanente ALRLU

     Inscripciones: del 28/05/22 al 02/06/22.

    Se entregará Certificado de asistencia. No se entregarán materiales.

    REQUISITO DE CERTIFICADO: estar inscrito/a, asistencia en aula virtual de al menos el 80% de la duración de la charla   en cada una de las  instancias.

    https://forms.gle/1p6UBUDL9eEugnh78

    Objetivos:

    • Cumplir con el compromiso asumido por parte de la comisión de formación permanente de ALRLU y el cronograma de actividades propuesto para el 2022.
    • En base a la solicitud de los/as socios/as se tomaron los temas propuestos dando seguimiento a los intereses de capacitación manifestados.
    • Acercamiento a las prácticas para prevenir el acoso laboral en el ámbito público y privado.
    • Analizar las situaciones especiales y concretas de los protocolos de prevención
    • Analizar normativa internacional e internacional vigente.

    Desarrollo del taller:  El taller constara de dos instancias. La primera el el día 4 de Junio donde se analizara la doctrina comparada en materia de acoso laboral. Por otro lado, la segunda instancia, la cual dará lugar el día 11 de junio tratara de el Acoso laboral en el ámbito público y privado a nivel nacional

    Primera  instancia:

    • Concepto de acoso laboral OIT
    • Normativa vigente.
    • Derecho comparado
    • Análisis jurisprudencial en materia de acoso laboral
    • Mecanismos de protección
    • Espacio para dudas y consultas de los asistentes.

    Segunda Instancia:

    • Concepto de acoso laboral
    • CIT 190 Convenio sobre violencia y acoso en el lugar de trabajo
    • Análisis jurisprudencial y doctrinario en materia de acoso laboral en el sector privado
    • Mecanismos de protección
    • Protocolos 
    • Espacio para dudas y consultas de los asistentes.

  • CONVENIO ORT – ALRLU

    CONVENIO ORT – ALRLU

    Estimados socios y socias se encuentra firmado y a su disposición  convenio con ORT con importantes descuentos y beneficios.

    ORT otorgará como beneficio a los afiliados a la ALRLU, por su condición de tales (socios al día con la cuota social), las siguientes bonificaciones:

    • Postgrados – 15%
    • Educación Ejecutiva – 20%
    • Master en Dirección de Recursos Humanos – 25%
    • Diploma de Especialización en Recursos Humanos – 25%

    Seguiremos trabajando en la búsqueda de mayores beneficios para nuestro colectivo.

    Por mayor información no dudes en contactarnos:

    relacioneslaboralesuy@gmail.com


    Nos pone muy felices este logro para nuestro colectivo!

  • DONACIÓN DE LIBROS

    DONACIÓN DE LIBROS

    Con mucho gusto les contamos que hace unos días luego de un tiempo de coordinación, hemos recibido por parte del Dr. Julio Cesar Neffa y la Asociación Civil Trabajo & Sociedad, la Asociación Civil de Licenciados/as en Relaciones Laborales, del Trabajo, y Recursos Humanos de Argentina, ACILTRHA, a través de su presidente Mg. Mauricio Carreño, donación de una colección de aproximadamente 50 libros, relacionados con las Relaciones Laborales, Empleo, Economía y Medio Ambiente del Trabajo, entre otros tópicos de interés e incumbencia a nuestra profesión.

    Agradecemos enormemente tal gesto con nuestro colectivo y auguramos futuras actividades y proyectos junto a ACILTRHA y al Dr. Julio cesar Neffa.

    Para nuestra Asociación de Licenciados en Relaciones Laborales del Uruguay es una gran satisfacción crear vínculos y plantear objetivos que trasciendan permitiendo conocer y trabajar en conjunto con profesionales de la región.

    La colección de libros estará disponible en nuestra biblioteca con acceso exclusivo a socios y socias de ALRLU.

  • CHARLA INFORMATIVA EGRESADOS/AS

    CHARLA INFORMATIVA EGRESADOS/AS

    Lugar: Virtual plataforma zoom

    Día: 05/04/2022

    Horario: 19:00 a 21:00 horas 

    Disertantes:  

    • CAJA DE PROFESIONALES:

    Esc. Francisco Mariño, Jefe Departamento de atención a afiliados.

    Sra. Leticia Cohen

    • FONDO DE SOLIDARIDAD:

    Cr. Leonardo Pécego, Gte. del Dpto. de Recaudación y Fiscalización 

    Dra. Carolina Torrens, Asesora Jurídica

    Costo: sin costo

    Asistentes:  abierto a público interesado

    Apoya: Fondo de solidaridad, Caja de Profesionales Universitarios y Centro de Estudiantes de Derecho.

    Tema: EGRESADOS OBLIGACIONES, SERVICIOS Y DERECHOS, FONDO DE SOLIDARIDAD Y CAJA DE PROFESIONALES.

    Organiza: Comisión de Formación Permanente ALRLU.

    info: eventosalrlu@gmail.com

    Inscripciones: https://forms.gle/NfcRPfcVugCM7YMs9 

    Objetivos:  

    • Informar a egresados y futuros egresados sobre la actividad profesional.
    • Informar sobre aportes, becas y demás obligaciones y beneficios del Fondo de solidaridad.
    • Despejar dudas.

    Desarrollo del taller:

    • Legislación vigente en la temática
    • Derechos y obligaciones que surgen al egresar.
    • Dudas e inquietudes de los asistentes

    Desarrollo del ciclo de charlas:

    La actividad se desarrollará en dos bloques.

    El primero comprenderá al fondo de solidaridad y el segundo a la caja de profesionales, luego se dedicará un tiempo a inquietudes y consultas de los asistentes.

    1º BLOQUE: Caja de profesionales. 

    • Dónde, cuándo y cómo se realiza el registro.
    • Desde cuando debo aportar
    • Plazos para el registro
    • Ejercicio libre y ejercicio no libre de la profesión.
    • Que pasa si tengo más de un título
    • Multas, etc.

    2º BLOQUE: Fondo de Solidaridad.

    • Normativa que regula la recaudación.
    • Tributos que se recaudan
    • Registro para iniciar aporte.
    • Desde cuándo corresponde iniciar el aporte.
    • Qué se entiende por egresado
    • Qué sucede si culminada la carrera no se retira el título
    • Título intermedio 
    • Qué pasa si tengo más de un título
    • Pago de aporte, como, cuando, donde y hasta cuando se aporta.
    • Multas, entre otros.

    Sera un placer que nos acompañen!

    https://forms.gle/VcaKyY3cuFg4odXt8

  • CONVENIO ALRLU – AEBU

    CONVENIO ALRLU – AEBU


    Nuestra Asociación suscribió con AEBU convenio con beneficios para nuestros socios y socias, es una gran satisfacción para nosotros llegar a este convenio, dándoles la posibilidad a nuestros colegas de cuidar su salud y llevar una vida mas activa, escapando del estrés y del cansancio que muchas veces ocasiona nuestra profesión.

    Les contamos

    • Los beneficiarios no solo alcanzan a los socios de ALRLU, si no también a familiares directos (cónyuge e hijo/s).
    • Podrán hacer uso de todas las instalaciones para actividades deportivas.
    • Uso de la biblioteca
    • Utilización del complejo Juanjo Ramos de Daymán
    • Acceso al Parque Vacacional de Piriápolis.
      -Los costos de acceso están en la escala socios/usuarios (valores consultarlos directamente con AEBU).
      -Para acceder al descuento en la utilización del Club Deportivo, tiene que haber un mínimo de 10 personas. 

    Seguiremos trabajando en pos de seguir ampliando y suscribiendo más convenios para nuestros asociados!

    #SOMOSLABORALES

  • PRÓXIMAS CHARLAS ALRLU

    PRÓXIMAS CHARLAS ALRLU

    CHARLA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL SECTOR RURAL

    DIA: 25/09/2021

    HORA: 10:30 a 11:30

    Expone: Lic. RRLL Pablo Montes De Oca

    CHARLA ESTATUTO DEL SERVICIO DOMÉSTICO Y ASISTENTES PERSONALES 

    DIA: 02/10/2021

    HORA: 10:00 a 12:00

    Expone: Lic. RRLL Matías Carrasco

    ..

    Son dos encuentros con una única inscripción y un único pago por ambas charlas.

    Formulario de inscripción: https://forms.gle/z35ZQjywyVg2wwf76

    Inscripciones: del 17/09/2021 al 24/09/2021 tanto para recepción de pagos como de inscripciones.

    Costo: socios/as gratis

    no socios/as $750 (ambas charlas: Rurales/Domésticos y Asistentes pers.)

    Depósito en cuenta ALRLU: BROU caja de ahorros Nº110240083 00001, (N° anterior sucursal 600 cuenta 3081222).

    El 50% de lo recaudado se donará a la Sociedad Uruguaya de Actores (SUA).

    Consultas: eventosalrlu@gmail.com

    https://forms.gle/EHJ7Y2nHVZqqBBKf6

  • CONSÚLTANOS

    CONSÚLTANOS

    La Comisión de Extensión tiene como cometido realizar diversas actividades en la que se enfatice la relación de los egresados universitarios en la sociedad, con el fin de incrementar la participación y contribución en un rol activo.

    ¿Que entendemos por extensión? 

    La extensión debe comprenderse como un proceso bidireccional en donde el foco es la necesidad y la importancia de que la Asociación como colectivo de profesionales, genere vínculos con la población.

    ¿Que buscamos?

    Poder volcar a la sociedad una herramienta tan importante como es la difusión y adquisición del conocimiento de sus derechos. Por medio de un asesoramiento virtual pero personal que acerque al ciudadano a la normativa laboral vigente. 

    ¿Porque ahora?

    Bajo el contexto laboral que estamos viviendo, nace la iniciativa de implementar la contención social, pretendiendo  brindarle a la ciudadanía el medio de comunicación para evacuar cualquier tipo de duda laboral que tenga a través de la página Web. 

    ¿Quienes podrán acceder? 

    Cualquier ciudadano ingresando en nuestra página web, podrá seleccionar el botón denominado «consultanos» y enviar su consulta de índole laboral.

    ¿Quien evacuará la consulta?

     Un grupo de Licenciados profesionales de las Relaciones laborales analizará la consulta y dará respuesta. 

    Compartimos con ustedes la iniciativa y agradecemos la difusión que puedan darle entre sus colegas, familiares y amigos.

    Seguimos apostando a la solidaridad y trabajando por un mundo mejor!!!

    https://elcacharrero.site/consultanos/

  • NUEVO CONVENIO ALRLU  UDELAR FDER

    NUEVO CONVENIO ALRLU UDELAR FDER

    Nos complace informar que el pasado 30 de agosto de 2021 la Asociación de Licenciados en Relaciones Laborales del Uruguay firmó junto a la Universidad de la Republica Facultad de Derecho, convenio de cooperación con beneficio para nuestras socias y socios.

    ..

    Con el fin de seguir fortaleciendo y desarrollando la formación continua de nuestro colectivo seguimos construyendo lazos que permitan nuestro desarrollo profesional y académico.

    ..

    De acuerdo al convenio de cooperación celebrado nuestras socias y socios contaron con una beca del 25% para matriculas en los cursos de Formación Permanente dictados por Udelar FDER que sean de su interés.

    ..

    Es una gran satisfacción y un gran logro para nuestro colectivo.

    Somos Laborales

  • II CONGRESO INTERNACIONAL DE RELACIONES LABORALES

    II CONGRESO INTERNACIONAL DE RELACIONES LABORALES

    El Congreso tendrá lugar los días sábado 07 y domingo 08 de agosto de 2021 bajo la modalidad virtual, abordando los siguientes ejes temáticos:

    “Nuevas modalidades de trabajo y derecho a la desconexión”

    “El ejercicio de la Negociación Colectiva en la actualidad”

    “Impactos del Covid 19 en la gestión humana”

    “Trabajo, empleo y recuperación: Desafíos internacionales”. 

    Contaremos con la presencia de reconocidos actores sociales, que disertarán en cada una de las mesas, incluyendo a la academia, el sector empresarial, las organizaciones sindicales y el Estado. Entendemos que el mismo ofrece la oportunidad de visualizar las diferentes perspectivas, compartir y adquirir conocimientos,  para lograr una visión integral de cada una de las temáticas.  

    Inversión: Socios $600

         No socios $1200
    
         Estudiantes RRLL $800 
         Socios SUGP $800
         Estudiantes UCU y UDE $800
         Alumnos y exalumnos Campus CH $800
         Socios AUDTSS $800

    🤲El 50% de lo recaudado se donará a la Sociedad Uruguaya de Actores (SUA)

    Depósito en cuenta de la ALRLU indicando nombre y apellido antes del 03/08/2021:

    Caja de ahorros BROU Cuenta: Nº110240083-00001

    Nº cuenta anterior BROU: sucursal 600 cuenta 3081222

    Enviar comprobante de depósito indicando nombres y apellido a: congresorrll@gmail.com

    📩Consultas:congresorrll@gmail.com

    📈Se entregará Certificado de asistencia 📈 a quien asista mínimo al 80% del evento.

    📌Inscripciones:

    https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdMRvruUuE0i5YRUSIRj1u81xsG8XFd8iXEeTZ4bUDehgF4tg/viewform?usp=sf_link

    Te esperamos para seguir transitando juntos este camino de formación continua

    #SoyLaborales

    Con el apoyo de :

  • OFERTAS LABORALES

    OFERTAS LABORALES

    SEPTIEMBRE 2021

    Compartimos con ustedes oportunidad laboral a través de BM& Asociados.



    Información en: https://www.bmartinez.com.uy/ofertaslaborales/99/asistente-administrativo-de-rrhh
    https://www.linkedin.com/posts/mar%C3%ADa-paula-chiessa-95671a15_abrimos-una-linda-oportunidad-para-sumarte-activity-6841765775372562432-aUEm

    ______________________________________________________________________________

    1- Talent Acquisition Specialist para que se incorpore al equipo de Tata Consultancy Services.

    2- Reclutador Administrativo con inglés avanzado.

    3- Team Leader- RRHH (con inglés avanzado)


    1- Talent Acquisition Specialist para que se incorpore al equipo de Tata Consultancy Services.

    Las principales responsabilidades del puesto consisten en ayudar a buscar, identificar, seleccionar y contratar personas para varios roles, con el fin de satisfacer las necesidades de TCS.

    El candidato ideal tendrá excelentes habilidades de comunicación y organización, 2-3 años de experiencia en la adquisición de talentos, competencia en sistemas de seguimiento de candidatos y la capacidad de diseñar estrategias de abastecimiento para candidatos potenciales.

    Este puesto requiere un candidato con excelentes habilidades de reclutamiento interpersonal y masivo, ya que a menudo se le pedirá que trabaje en estrecha colaboración con otros en diferentes áreas en grandes volúmenes.

    Objetivos de este rol

    • Contribuir a la estrategia general de contratación de la organización para garantizar que nuestros equipos estén formados por un conjunto diverso de personas calificadas.

    • Asegurar que se satisfagan las necesidades de personal de la empresa, con una estrategia de talento a largo plazo en mente.

    • Diseñar e implementar estrategias de abastecimiento para construir canales de posibles solicitantes, como iniciativas de marca del empleador.

    • Crear e implementar procesos de contratación de candidatos de principio a fin para garantizar una experiencia positiva.

    • Formar relaciones estrechas con los responsables de contratación para garantizar expectativas claras de candidatos / entrevistadores.

    Responsabilidades clave

    • Coordinar con los responsables de contratación para identificar las necesidades de personal en diferentes áreas y departamentos.

    • Determinar los criterios de selección de candidatos mediante el enlace con los gerentes y otros miembros del personal.

    • Búsqueda de candidatos a través de canales en línea, como LinkedIn y otras redes profesionales / portales de empleo.

    • Identificar, seleccionar y refinar el talento más adecuado entre los candidatos disponibles.

    • Planificar los procedimientos de entrevista y selección, incluidas las llamadas de detección y las evaluaciones orientadas a las competencias.

    • Evaluar la información de los candidatos, incluidos los CVs. y habilidades blandas.

    • Organizar y asistir a ferias de empleo y eventos de contratación para crear una sólida cartera de candidatos.

    • Mantener registros de todos los materiales utilizados para el reclutamiento, incluidos, entre otros, notas de entrevistas y documentación relacionada, para compartir con las partes clave interesadas.

    • Tareas administrativas relacionadas con el rol.

    Habilidades y cualidades

    • 2-3 años de experiencia laboral en adquisición de talento o roles similares.

    • Familiaridad con las redes sociales, C.V. bases de datos y redes profesionales.

    • Experiencia en contratación de ciclo completo, utilizando diversas técnicas de entrevista y métodos de evaluación.

    • Conocimiento de los sistemas de seguimiento de candidatos.

    • Experiencia en el uso de LinkedIn Talent Solutions para buscar candidatos de forma proactiva.

    • Un profundo conocimiento de los requisitos de cada función en la empresa.

    • Competencia en documentar procesos y mantenerse al día con las tendencias de la industria.

    • Excelentes habilidades de comunicación interpersonal y avanzada en inglés (este último idioma en calidad excluyente).

     Envío de postulaciones: talento.uy@adecco.com


    2- Reclutador Administrativo con inglés avanzado.

    Orientamos nuestra búsqueda a estudiantes avanzados o recibidos de la Licenciatura en Administración de Recursos Humanos o carreras afines para incorporarse al equipo de Tata Consultancy Services.

    Requerimientos:

    – Experiencia laboral general de más de dos años en tareas de apoyo en la función de reclutamiento e inducción de nuevos colaboradores y tareas administrativas inherentes al área.

    – Inglés avanzado.

    – Excelentes habilidades comunicacionales.

    – Manejo MS Office y Excel.

    – Manejo de Calendar.

    – Se valora el manejo de SF, Taleo y/o Hirevue.

    ¿Qué ofrecemos?

    – Estabilidad laboral.

    – Lugar de trabajo: Montevideo.

    – Jornada laboral full time.

    – Durante la pandemia actual, la modalidad de trabajo será remota.

    – La oportunidad de incorporarse a una importante y dinámica Empresa Multinacional.

    The registry will be valued according to law 19691 art 8

    Tata Consultancy Services is an equal opportunity employer irrespective of any socio-economic background, race, color, national origin, religion, sex, gender identity, age, marital status, disability, sexual orientation, or any other.

                 Enviar CV a talento.uy@adecco.com.


    3- Team Leader – RRHH (coon inglés avanzado).

    Orientamos nuestra búsqueda a estudiantes avanzados o recibidos de la Licenciatura en Administración de Recursos Humanos o carreras afines para incorporarse como Team Leader al área de RRHH en un importante proyecto de la mano de Tata Consultancy Services.

    Experiencias previas requeridas:

    – Más de cinco años en operaciones generales de Recursos Humanos.

    – Manejo de un equipo de 10 a 20 reclutadores aproximadamente.

    – Haber interactuado con métricas y seguimiento de procesos y proyectos.

    – Participación en procesos de mejora de desempeño de equipos.

    Es imprescindible contar con inglés avanzado, excelentes habilidades comunicacionales y de gestión de clientes, manejo de MS Office y Excel.

    ¿Qué ofrecemos?

    – Estabilidad laboral.

    – Lugar de trabajo: Montevideo.

    – Jornada laboral full time.

    – Durante la pandemia actual, la modalidad de trabajo será remota.

    – Oportunidades de desarrollo profesional.

    – La oportunidad de incorporarse a una importante y dinámica Empresa Multinacional.

    The registry will be valued according to law 19691 art 8
    Tata Consultancy Services is an equal opportunity employer irrespective of any socio-economic background, race, color, national origin, religion, sex, gender identity, age, marital status, disability, sexual orientation, or any other

    Enviar CV a talento.uy@adecco.com

    Mucha suerte en sus postulaciones!

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    Soy laborales  

  • 🧠👥Competencias Emocionales – Próxima Actividad, Julio 2021.

    🧠👥Competencias Emocionales – Próxima Actividad, Julio 2021.

    Tenemos el agrado de invitarlos a la próxima actividad 2021, organizada por la Comisión de Formación Permanente de ALRLU.

    COMPETENCIAS EMOCIONALES 🧠👥

    🌎Lugar: Virtual plataforma zoom
    📆Día: 10/07/2021
    ⏰Horario: 10:00 a 12:30 horas.

    🗣️Disertantes:
    Psc. Beatriz Martinez
    Lic. RRLL Jessica Collazo
    Lic. RRLL Gladys Silvera

    Inversión: Socios gratis

             No socios $500
    
             Estudiantes $250

    🤲El 50% de lo recaudado se donará a la Sociedad Uruguaya de Actores (SUA)

    📩Consultas: relacioneslaboralesuy@gmail.com

    📈Se entregará Certificado de asistencia 📈
    📌Inscripciones:

    https://forms.gle/hBi4WgdTViGxDyXR8

    Te esperamos para seguir transitando juntos este camino de formación continua #SoyLaborales

  • CONVENIO ALRLU PAOLA CORBO ESTILISTA

    CONVENIO ALRLU PAOLA CORBO ESTILISTA

    Estimados y estimadas colegas tenemos el gusto de informarles que hemos realizado convenio con PAOLA CORBO ESTILISTA UNISEX el cual  tiene por objeto beneficiar a los/as socios/as activos de la ALRLU con descuentos en todos los servicios que esta brinda.

    PAOLA CORBO se compromete a ofrecer un 15% de descuento a los/as socios/as de la ALRLU y a sus familiares en todos los servicios brindados por la institución incluyendo entre ellos, corte, color, brushing, laceados, mechas, claritos, tratamientos especiales, pedicura y manicure, depilaciones, etc. Este descuento no será acumulable a otras promociones ni válido para compras de productos.

    ,,,
    Seguimos sumando beneficios para nuestro colectivo.

    PAOLA CORBO ESTILISTA UNISEX

    • Joaquín Requena N°1372, Montevideo.
    • Reservas: 2408-7864
    • lomejorentucabello@gmail.com

  • PASANTÍAS RRLL

    PASANTÍAS RRLL

    CONVENIO ALRLU FDER UDELAR

    Tenemos la enorme alegría de compartir con todos ustedes que el 20 de Marzo de 2021, la Asociación de Licenciados en Relaciones Laborales del Uruguay firmó convenio con Universidad de la República habilitando a ALRLU a recibir estudiantes de Relaciones Laborales en modalidad de pasantía de grado, para poder terminar su práctica al finalizar la carrera.

    El convenio estará vigente por un período de dos años, prorrogable por iguales períodos.

    La celebración de este convenio muestra, una vez más que desde ALRLU seguimos trabajando para crear espacios de desarrollo profesional.

    La noticia será compartida en todas nuestras redes sociales e invitamos a todos a repostearlo con los hashtags #SoyLaborales #Pasantias2021

    ¡Celebremos!
    Equipo de Comunicación

  • FELICITACIONES EGRESADOS 2020/2021

    FELICITACIONES EGRESADOS 2020/2021

    Desde la ALRLU queremos saludar muy especialmente a los y las Licenciadas en Relaciones Laborales y a los y las Técnicas Asesoras RRLL que reciben su título en este 2021.

    Quienes con gran esfuerzo, tenacidad y respeto por su vocación enfrentaron su último año de carrera en medio de una pandemia mundial que nos obligó a transformarnos en todos los ámbitos de nuestra existencia.

    ¡El mayor de los éxitos para ustedes!

  • 4°CICLO DE CHARLAS: MIGRACIONES, AFRODESCENDENCIA Y DISCAPACIDAD

    4°CICLO DE CHARLAS: MIGRACIONES, AFRODESCENDENCIA Y DISCAPACIDAD

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    CIERRE DE INSCRIPCIONES 26/11/20, 00:00 HORAS 2° y 3° MÓDULO

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    Lugar: Virtual plataforma zoom.

    Tema: MIGRACIONES, AFRODESCENDENCIA Y DISCAPACIDAD

    Fecha: 21/11/2020, 28/11/2020 y 05/12/2020

    TRES MÓDULOS 

    Horario: 10:00 a 12:00.

    En apoyo: REDALCO

    Objetivos:  

    • Cumplir con el compromiso asumido por parte de la comisión de formación permanente de ALRLU y el cronograma de actividades propuesto para el 2020.
    • En base a la solicitud de los socios se tomaron los temas propuestos por estos dando seguimiento a los intereses de capacitación manifestados. 
    • Actualizar en la temática de trabajo migrante, trabajo afrodescendiente, trabajo y discapacidad  a los Lic. RRLL socios-as y no socios-as de la ALRLU. 
    • Analizar situaciones especiales y concretas de trabajo.
    • Actualización de normativa referente a los temas  migraciones, afrodescendencia y discapacidad.
    • Apoyar la crisis sanitaria que atraviesa el país, a través de la donaciòn de lo recaudado en la charla a la red de apoyo a poblaciones vulnerables “REDALCO”.

    —-

    INVERSIÓN:

    + Costo: SOCIOS SIN COSTO     

    + NO SOCIOS $300 

    Depósito en cuenta ALRLU:  BROU caja de ahorros Nº110240083 0001, (N° anterior sucursal 600 cuenta 3081222).

    —-

    Consultasrelacioneslaboralesuy@gmail.com

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    Formulario de inscripción: https://forms.gle/6sKTHxfp4Wh8GMyK7

    Inscripciones: del 14/11/20 al 18/11/2020

    EXTENDEMOS PLAZO DE INSCRIPCIÓN

    hasta el 26/11/2020 a las 00:00 horas tanto para recepción de pagos como de inscripciones.

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    Desarrollo del ciclo de charlas:

    —-

    La actividad se desarrollará en tres encuentros abarcando en cada uno de ellos un  módulo referente a una temática focalizada. Los factores sociales y económicos, la ubicación geográfica (rural o urbana), afrodescendencia,  el género, la capacidad o discapacidad, la calidad de migrante o nacional son factores que se cruzan en el mundo de las relaciones laborales y crean espacios propios que detentan una especial regulación a fin de preservar y garantizar la libre y voluntaria ejecución de los derechos laborales comunes a todo ser humano y a fomentar el empleo de estos en condiciones de trabajo decente e igualdad de oportunidades.

    DISTRIBUCIÓN DEL CICLO

    1º Módulo: TRABAJO Y MIGRACIONES 

    2º Módulo: TRABAJO Y AFRODESCENDENCIA. 

    3° Módulo: TRABAJO Y DISCAPACIDAD

    ..

    Módulo 1: TRABAJO Y MIGRACIONES 

    ….

    Día : 21 de noviembre de 2020

    Horario: 10:00 a 11:30 horas.

    Disertante: Lic. Rosana Lamonaca, Coordinadora de la Unidad de Migración del MTSS.

    Tema a desarrollar: La inmigración es una característica de la sociedad uruguaya desde su independencia convirtiéndose en uno de los principales objetivo de las políticas de gobierno, recibiendo desde 2009 con mayor relevancia  Centroamericanos sobre todo provenientes de Cuba, Venezuela, Costa Rica entre otros. Lo que ha llevado a implementar prácticas específicas y un estudio del tema en base a la condición de actividad para distintos grupos migratorios. 

    Las personas migrantes extranjeras que trabajan en Uruguay tienen legalmente consagrados los mismos derechos y obligaciones que las personas nacionales conforme la normativa vigente.

    Normativa aplicable y ámbito de aplicación.

    Ley 18.076 , Ley 18.250  , Decreto 394/009 , Decreto 278/2017 , Decreto 118/2018 

    • Condiciones de acceso al empleo
    • Controles del empleador al momento de contratar un trabajador migrante o refugiado
    • Migrantes y refugiados oportunidad de empleo
    • Protección social, instituciones y acciones.
    • Dudas e inquietudes de los asistentes

    ……

    Módulo 2 : TRABAJO Y AFRODESCENDENCIA

    —-

    Día : 28  de noviembre de 2020

    Horario: 10:00 a 11:30 horas

    Disertantes: Lic. Noelia Ojeda Rodríguez, integrante de MIZANGAS mujeres afrodescendientes.

    Tema a desarrollar: Las políticas públicas para la población afrodescendiente y  las experiencias de trabajo para la equidad racial, la promoción de empleo y equidad laboral, tomando en cuenta también la dimensión de género.

    La Ley 19.122 tiene como cometido promover la participación e integración de personas afrodescendientes en los ámbitos tanto educativos como laborales, a través de acciones afirmativas concretas, desde la cuotificación (reserva porcentual para personas afrodescendientes) para llamados públicos, becas y apoyos estudiantiles, así como la reformulación de la currícula educativa y planes de estudio para la incorporación de los aportes de la comunidad afrodescendiente en la construcción del país.  

    • Aplicación, control y garantías establecidas en al Ley 19.122 Ley de Acciones Afirmativas para la Población Afrodescendiente
    • Decreto reglamentario
    • Cupos y porcentajes.
    • Cumpliento de la Ley por la sociedad civil
    • Discriminación étnico racial y empleo
    • Afrodescendencia y género
    • Dudas e inquietudes de los asistentes

    ……

    Módulo 3 : TRABAJO Y DISCAPACIDAD 

    ——

    Día : 05  de diciembre de 2020

    Horario: 10:00 a 12:00 horas

    Disertantes: Lic. RRLL Mayra Sagaidak

    Tema a desarrollar: Las políticas públicas, las acciones sociales y la práctica real para la promoción del trabajo de las personas con discapacidad.

    “La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás” (Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, 2006, p.1)

    • Aplicación, control y garantías establecidas en al Ley 19.691 
    • Decreto reglamentario
    • Qué entendemos por discapacidad
    • Contratación, adaptación y accesibilidad 
    • Requisitos, derechos y obligaciones 
    • Concepto de empleo con apoyo y operador laboral
    • GENERALIDADES: Despido, licencia, salario vacacional, horas extras.
    • Dudas e inquietudes de los asistentes
    4°CICLO DE CHARLAS ALRLU

  • 3° CICLO DE CHARLAS ALRLU: VIOLENCIA Y ACOSO EN EL ÁMBITO LABORAL

    3° CICLO DE CHARLAS ALRLU: VIOLENCIA Y ACOSO EN EL ÁMBITO LABORAL

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    Lugar: Virtual plataforma zoom.

    Tema: Violencia y acoso en el mundo del trabajo

    Fecha: 31/10/2020

    Horario: 09:00 a 13:00.

    En Apoyo: REDALCO

    ……

    Inversión:

    SOCIOS ALRLU SIN COSTO     

    NO SOCIOS $300 

    Depósito en cuenta ALRLU: 

    • BROU caja de ahorros en pesos Nº110240083 -00001 (N° anterior sucursal 600 cuenta 3081222).
    • Deberá enviar comprobante de depósito o transferencia indicando nombre y apellido.

    Envío del comprobante de depósito y Consultasrelacioneslaboralesuy@gmail.com

    Plazo de inscripción: 13/10/20 al 27/10/2020 tanto para recepción de pagos como de inscripciones.

    Formulario de inscripción: https://forms.gle/CqSP2ZJfqrUdVXKm9

    SE ENTREGARÁ CERTIFICADO A QUIENES COMPLETEN EL FORMULARIO DE ASISTENCIA.

    ..

    Módulo 1: Acoso sexual prevención y sanción en el ámbito laboral.

    Día : 31 de octubre de 2020

    Horario: 09:00 a 10:30 horas.

    Disertante: Lic. Rrll Valentina Berrueta

    …..

    Temas a desarrollar: Conocer que es el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en las organizaciones. Saber si estamos ante una situación de acoso sexual u otro tipo de acoso. Conocer las consecuencias que produce el acoso tanto en la víctima como en la organización. Aprender a establecer medidas para la prevención del acoso sexual y el acoso por razón de sexo.

    • Normativa aplicable y ámbito de aplicación.
    • Qué obligaciones tiene la empresa 
    • Protocolo de actuación 
    • Dudas e inquietudes de los asistentes

    …..

    Módulo 2 : Violencia y acoso en el mundo del trabajo

    Día : 31  de octubre de 2020

    Horario: 11:00 a 13:00 horas

    Disertantes: Dra. Graciela Giuzio

                                Dra. Rosina Rossi

    …..

    1°TALLER Dra. Graciela Giuzio

    • Aspectos centrales del CIT N° 190
    • Concepto de violencia y acoso 
    • Ámbito de aplicación
    • Violencia y acoso como riesgo psicosocial
    • Protocolos
    • Dudas e inquietudes de los asistentes

    ….

    2° TALLER Dra. Rosina Rossi

    • Aplicación, control y garantías del CIT N° 190
    • La tarea interpretativa del CIT N° 190
    • Estado de vigencia en Uruguay
    • Dudas e inquietudes de los asistentes

  • ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA – SOCIOS/AS ALRLU

    ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA – SOCIOS/AS ALRLU

    El pasado sábado 29 de agosto de 2020 a las 11:00 horas se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria de acuerdo a lo establecido en el estatuto de nuestra asociación.
    En este sentido, compartimos información conteniendo las gestiones llevadas a cabo desde la asunción de esta directiva, así como las acciones realizadas por las diferentes comisiones de trabajo. 

    ,,,
    Agradecemos a quienes nos acompañaron en esta instancia e invitamos a quienes no pudieron hacerlo a que nos acompañen en las próximas asambleas. 

    ,,,,

  • 2° CICLO DE CHARLAS ALRLU: GESTIÓN HUMANA

    2° CICLO DE CHARLAS ALRLU: GESTIÓN HUMANA

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    INSCRIPCIONES

    CERRADAS

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    Lugar: Virtual plataforma zoom.

    Tema: Prácticas de gestión humana.

    Apoya: BM & ASOCIADOS 

    ORGANIZA: Comisión de Formación Permanente ALRLU.

    ñ

    Objetivos:  

    • Cumplir con el compromiso asumido por parte de la comisión de formación permanente de ALRLU y el cronograma de actividades propuesto para el 2020.
    • En base a la solicitud de los socios se tomaron los temas propuestos por estos dando seguimiento a los intereses de capacitación manifestados. 
    • Actualizar en la temática de prácticas de Gestión Humana a los Lic. RRLL socios-as y no socios-as de la ALRLU. 
    • Adquirir mayores conocimientos prácticos.
    • Apoyar la crisis sanitaria que atraviesa el país, a través de la donación de lo recaudado en la charla a la red de apoyo a poblaciones vulnerables “REDALCO”.

    ,l,

    Inversión:

    SOCIOS SIN COSTO 

    NO SOCIOS $300 (por los tres módulos).

    • Depósito en cuenta ALRLU:  BROU caja de ahorros Nº110240083-00001 (N° anterior sucursal 600 cuenta 3081222).
    • Deberá enviar comprobante de depósito o transferencia indicando nombre y apellido.

    .

    Envió del comprobante de deposito y Consultasrelacioneslaboralesuy@gmail.com

    Plazo de inscripción: 01/09/2020 al 11/09/2020 a las 14:00 para realizar el pago.

    Cierre de recepción de inscripciones 10/09/20.

    Formulario de inscripción: https://forms.gle/8KoeoohsRWnqKCxf9

    .

    Se entregará certificado de asistencia.

    .Se enviaran una vez finalizado el ciclo completo.

    En esta oportunidad no se entregaran materiales ni grabaciones de los módulos.

    .

    .p

    Desarrollo del ciclo de charlas:

    La actividad se desarrollará en tres módulos que nuclean distintas temáticas referentes a la Gestión Humana. Cada módulo tendrá una duración de una hora o una hora treinta minutos.

    .

    Disertantes

    .

    1º Módulo: Aplicabilidad de técnicas psicolaborales en los procesos de selección.  

    Ps. Claudia Peña BM & ASOCIADOS.

    2º Módulo: Evaluación de desempeño por competencias.

    Lic. RRLL Zulmira Silva

    3º Módulo: Sistemas de gestión para RRHH, calidad, salud y seguridad.

    Lic. RRLL Pablo Mateos.

    .mnj

    Módulo 1: Aplicabilidad de técnicas psicolaborales en los procesos de selección.

    Día : 12 de septiembre de 2020

    Horario: 10:00 a 11:30 horas.

    Disertante: Ps. Claudia Peña BM & ASOCIADOS

    ..

    Temas a desarrollar: 

    • Técnicas psicolaborales en el proceso de selección 
    •  La Entrevista Laboral
    •  La importancia de una lectura integradora 
    • La dimensión ética en el proceso de selección laboral 
    •  Prácticas
    • Dudas e inquietudes de los asistentes

    Módulo 2 : Evaluación de desempeño por competencias.

    Día : 19  de septiembre de 2020

    Horario: 10:00 a 11:30 horas

    Disertante:  Lic. RRLL Zulmira Silva

    lp

    Temas a desarrollar: El proceso de Evaluación de Desempeño por Competencias es un proceso recurrente en el tiempo que tiene como finalidad principal medir el desempeño de cada integrante de la organización en las competencias propias de su puesto de trabajo.

    • Qué es, Cómo se implementa, como se miden las competencias, etc.
    • Cómo decidir para cada puesto de trabajo qué competencias se deben incluir y qué grado de exigencia requiere cada una de ellas.
    • Competencias generales, competencias específicas.
    • Caso práctico.
    • Dudas e inquietudes de los asistentes

    lpo

    Módulo 3:  Sistemas de gestión para RRHH, calidad, salud y seguridad. 

    Día : 26  de setiembre de 2020 

    Horario: 10:00 a 11:30 horas

    Disertante: Lic. RRLL Pablo Mateos

    klo

    Temas a desarrollar: 

    • Sistemas de gestión para RRHH, calidad, salud y seguridad.
    • Importancia de establecer sistemas de Gestión a las actividades de RRHH y relaciones laborales para incrementar  confianza interna, cumplir requisitos legales y otros requisitos, generar desarrollo profesional.
    • Dudas e inquietudes de los asistentes.

    .

  • Novedades, nuevos criterios BPS.

    Novedades, nuevos criterios BPS.

    Estimados colegas compartimos importante información referente a nuevos criterios legales elaborado por PwC Uruguay.

    «El Directorio del Banco de Previsión Social (BPS) ha resuelto modificar los criterios hasta ahora aplicados para determinar el monto imponible de las Contribuciones Especiales de Seguridad Social (CESS) en aquellos casos en que se constatan situaciones irregulares, y el plazo de prescripción de los tributos en ciertas hipótesis.
    A continuación comentamos los principales cambios.»

  • I Congreso Internacional de  Relaciones Laborales

    I Congreso Internacional de Relaciones Laborales

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    Tenemos el agrado de invitarlos/as al I Congreso Internacional de Relaciones Laborales”  titulado “Relaciones laborales y nuevas prácticas en gestión humana en tiempos de distanciamiento social”, organizado por la Asociación de Licenciados en Relaciones Laborales del Uruguay.

    El Congreso tendrá lugar los días sábado 01 y domingo 02 de agosto de 2020 bajo la modalidad virtual, abordando los siguientes ejes temáticos:

    • Reconversión profesional y gestión humana
    • Seguridad social
    • Negociación Colectiva

    Contaremos con la presencia de reconocidos actores sociales, que disertarán en cada una de las mesas, incluyendo a la academia, el sector empresarial, las organizaciones sindicales y el Estado. Entendemos que el mismo ofrece la oportunidad de visualizar las diferentes perspectivas, compartir y adquirir conocimientos,  para lograr una visión integral de cada una de las temáticas

    El I Congreso Internacional de Relaciones Laborales pretende el logro de los siguientes objetivos:

    1.- Promover el estudio y discusión de temas relevantes para el Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social , a partir de los ejes temáticos anteriormente expuestos: 

    a- Negociación Colectiva en el Uruguay, normativa, referencias,  actores y desarrollo. 

    b- Revisión de normativa laboral reciente en el Uruguay y la región en cuanto a Seguridad Social. 

    c- Transformaciones recientes en cuanto a las prácticas de gestión humana, reconversión profesional, teletrabajo y el desarrollo de la formación profesional.

    2.- Generar, fortalecer y tender redes entre los/as participantes para favorecer futuras actividades e intercambios académicos y/o profesionales.

    3.-  Fortalecer y fomentar el estudio constante del Derecho Laboral.

    4.- Fortalecer el trabajo de nuestra Asociación de forma descentralizada, promoviendo la participación y el intercambio de los y las colegas radicadas en el interior del país, así como colegas del exterior mediante la modalidad virtual

    Plazo de Inscripción: 25/06/2020 a 25/07/2020

    Formulario de inscripción: https://forms.gle/rcEoaA8boogXh2aAA

    Se entregara certificado de asistencia.

    Inversión:

    Socios/as ALRLU $500

    No socios $800

    Estudiantes FDER $650

    Socios/as AUDTSS $650

    Estudiantes UCU $650

    Estudiantes UDE $650

    Alumnos y exalumnos de Capital Humano Campus $650

    Socios/as SUGP $650

    Extranjeros comunicarse a congresorrll@gmail.com

    El 50% de lo recaudado se donará a

    Depósito en cuenta de la ALRLU indicando nombre y apellido antes del 25/07/2020 :

    Caja de ahorros BROU Cuenta: Nº110240083-00001

    Nº cuenta anterior BROU: sucursal 600 cuenta 3081222

    Enviar comprobante de depósito indicando nombres y apellido a: congresorrll@gmail.com

    Es un emprendimiento social cuya  misión consiste en prevenir el desperdicio de frutas y verduras en los sistemas de producción y comercialización agroalimentarios, mitigando la inseguridad alimentaria de nuestros beneficiarios.

    ​A su vez, aspiran a  construir seguridad alimentaria en Uruguay y los países de la región. 

    Los beneficiarios de los alimentos son , Caif, Club de Niños, Centros Juveniles, escuelas, liceos, hogares, refugios, merenderos y asentamientos. Debido a la emergencia alimentaria actual están entregando frutas y verduras a ollas populares, agrupaciones que entregan canastas, meriendas solidarias y familias.

    Evento declarado de interés ministerial por el Ministerio de Educación y Cultura.

    CONSULTAS: congresorrll@gmail.com

    AUSPICIAN

  • Investigación y Publicaciones

    Investigación y Publicaciones

    Asociación de licenciados en relaciones laborales del uruguay
    «CONJUNTO DE MEDIDAS TOMADAS POR EL GOBIERNO NACIONAL EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR EL COVID-19, CON RELACIÓN AL DOCUMENTO DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO DE FECHA 18 DE MARZO DE 2020, “COVID-19 Y EL MUNDO DEL TRABAJO: REPERCUSIONES Y RESPUESTAS”
     
     
    Comisión de Investigación y Publicaciones
    Mayo 2020 – Actualizado Junio 2021


    Contenido

    I.     Introducción. 2

    II.       Protección de los trabajadores en el lugar de trabajo. 4

    A.    Fortalecimiento de las medidas en materia de seguridad y salud en el trabajo. 4

    B.    Adaptación de acuerdos laborales. 5

    C.    Prevención de la discriminación y la exclusión. 6

    D.    Acceso a servicios sanitarios de toda la población. 7

    E.    Ampliación del derecho a bajas remuneradas. 8

    III.      Fomento de la actividad económica y la demanda de mano de obra. 13

    A.    Promoción de una política fiscal eficaz. 13

    B.    Aplicación de políticas monetarias flexibles. 14

    C.    Apoyo financiero y de concesión de préstamos a sectores específicos, en particular el sanitario  14

    IV.      Apoyo al empleo y al mantenimiento de ingresos. 16

    A.    Ampliación de la protección social a toda la población. 16

    B.    Conservación del empleo: reducción del horario laboral 17

    C.    Ayudas financieras y reducciones fiscales para las PYMES. 17

    Referencias. 18

    I.                   Introducción

    El 18 de marzo de 2020 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) emitió un comunicado denominado “Covid-19 y el mundo del trabajo: repercusiones y respuestas”.

    Según la OIT, esta crisis tendrá fuertes repercusiones en el plano económico y en el mercado laboral, propone una respuesta desde el ámbito político a nivel nacional y global, con el propósito de limitar la incidencia directa de esta pandemia en la salud de los trabajadores y sus familias.

    Por un lado, sugiere atender prioritariamente la protección de la salud y por otro, expresa la necesidad de aplicar medidas económicas que aseguren la demanda de bienes y servicios para garantizar la protección de las personas susceptibles de perder sus ingresos como consecuencia de la emergencia sanitaria.

    Desde otro punto de vista, la OIT recomienda el ejercicio del diálogo social tripartito entre gobierno, organizaciones de empleadores y trabajadores, como instrumento fundamental para elaborar y aplicar medidas tendientes a minimizar las consecuencias en el plano sanitario, económico, social y político, tanto a escala nacional como mundial.

    Según las estimaciones de la OIT, esta crisis tendrá una fuerte incidencia en la cantidad de empleo (tanto en materia de desempleo como de subempleo), en la calidad del trabajo (con respecto a los salarios y el acceso a la protección social), y en los efectos sobre los grupos más vulnerables frente a las consecuencias adversas en el mercado laboral.

    En tal sentido, esta organización internacional manifiesta que, al producirse una crisis, “las normas internacionales del trabajo proporcionan una base sólida para actuar a nivel político”, de manera que fomenten el mantenimiento o incluso el aumento de la demanda de bienes y servicios y por ende, proteja a los trabajadores y a las empresas.

    Con tal propósito, esta organización (OIT), a través del documento de referencia, plantea una respuesta sobre tres pilares fundamentales para luchar contra el Covid-19, en función de las normas internacionales del trabajo:

    1. Protección de los trabajadores en el lugar de trabajo,
    2. fomento de la actividad económica y la demanda de mano de obra, y
    3. apoyo al empleo y al mantenimiento de los ingresos.

    Es así, que tomando como referencia el documento de la OIT, seguidamente se describen, sucintamente, las medidas que el gobierno ha adoptado hasta el momento de elaboración de este documento en el marco de la emergencia sanitaria, con relación a los tres pilares fundamentales para luchar contra el Covid-19.

    Cabe advertir, que este trabajo es meramente una recopilación de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional, ordenadas, en lo posible, según los pilares definidos por la OIT, ya que, como se podrá apreciar, existen medidas que pueden ser consideradas en más de un pilar y resulta muy difícil establecer límites infranqueables entre uno y otro.

    En ningún sentido, es una expresión valorativa de las medidas adoptadas, lo que posiblemente surja, individualmente, a través de la lectura de este y pueda ser el motivador de un estudio comparativo posterior con las medidas tomadas en el ámbito internacional, con el propósito de, a través de un ponderado análisis, llegar a una conclusión y eventualmente hacer una recomendación al respecto.

    Por otra parte, cabe mencionar, que el pasado 20 de abril se presentó en la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social de la Cámara de Senadores, el proyecto de ley de “Teletrabajo: Promoción y Regulación”, cuya exposición de motivos relaciona, en cierta forma, la oportunidad de su presentación con la situación de emergencia sanitaria que vive el país.

    Con relación a este proyecto y más allá de las consideraciones que podrán observarse en futuros estudios, respecto a la aplicación del Derecho del Trabajo y sus principios a esta modalidad; cabe acotar, que este acelerado cambio de paradigma en el mundo del trabajo, en lo que respecta a lo social, podría generar mayor desigualdad, ya que la brecha tecnológica es muy amplia entre los países de América Latina.

    En este sentido, surgen nuevas interrogantes vinculadas al teletrabajo, ya que no todos los trabajadores tienen las mismas oportunidades de acceder a este mecanismo, y quienes sí tienen la posibilidad, generalmente se encuentran en situación de desventaja con respecto a otros, por lo tanto, la brecha tecnológica, generaría una brecha social aún mayor.

    Es así, que los gobiernos de nuestro continente deberán trabajar para generar accesos equitativos en esta nueva modalidad de trabajo que se está implantando en el siglo XXI, acelerada, en cierta forma, por el COVID-19.

    Por último, es oportuno mencionar, por su relación  directa con las relaciones laborales, que en virtud de la situación de emergencia sanitaria declarada en el país, el Poder Ejecutivo ha enviado a la Asamblea General, el pasado 7 de mayo de 2020, un proyecto de ley por el cual  se suspende el curso de los plazos legales y reglamentarios de los procedimientos administrativos disciplinarios, así como los de evaluación e incorporación en cargos presupuestados de las personas contratadas al amparo del artículo 90 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013, “Regulación del Estatuto del Funcionario Público de la Administración Central”, desde el 13 de marzo de 2020, hasta el cese de la emergencia sanitaria declarada por el Decreto N° 93/020 de 13 de marzo de 2020.

    II.                Protección de los trabajadores en el lugar de trabajo

    A.    Fortalecimiento de las medidas en materia de seguridad y salud en el trabajo

    1. Decreto 93/ 020 del 13 de marzo de 2020, declaró el estado de emergencia sanitaria como consecuencia de la pandemia originada por el virus COVID-19. https://www.impo.com.uy/diariooficial/2020/03/23/documentos.pdf
    2. Decreto 94/020 del 16 de marzo de 2020, prohibió el desembarco en el país de pasajeros, tripulantes de cruceros y buques comerciales que provengan de zonas de alto riesgo. También prohibió el ingreso de personas que provengan de la República Argentina con excepción de los ciudadanos uruguayos y los residentes en el país.

    Por otra parte, entre otras medidas, suspende los vuelos privados internacionales provenientes de Europa y otorga el derecho a percibir la prestación del subsidio por enfermedad establecido en el Decreto Ley 14.407 del 22 de julio de 1975 a todas las personas obligadas a guardar un régimen de aislamiento a causa del riesgo de contraer o contagiar el virus COVID-19.

    También exhorta a todos los empleadores a instrumentar y promover, en todos los casos que sea posible, que los trabajadores realicen sus tareas en sus domicilios y a adoptar todas las medidas que estén a su disposición para gestionar los procedimientos preventivos y de protección vinculados con la eventual propagación del virus COVID-19.

    https://medios.presidencia.gub.uy/legal/2020/decretos/03/cons_min_19.pdf
    • Resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) N° 54 del 19 de marzo de 2020, “Protocolo de Prevención y actuación ante el riesgo del coronavirus denominado COVID-19 según la naturaleza y características de la empresa o institución.

    https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad- social/institucional/normativa/resolucion-54020-conassat-coronavirus-covid-19

    B.     Adaptación de acuerdos laborales

    1. Acuerdo celebrado el 20 de marzo de 2020 entre el sector empleador y trabajadores de la construcción, por el cual se otorgó una licencia extraordinaria sin goce de sueldo, entre el martes 24 de marzo y el domingo 5 de abril, al personal incluido en el Decreto Ley 14.411 que se encuentre dentro de la estructura de salarios de los Acuerdos de Consejo de Salarios activos en el BPS al 16 de marzo de 2020.

    Asimismo, entre otras medidas, asigna una partida extra al personal antes mencionado de $16.505,52 a ser pagada por el BPS, mientras que el personal no incluido en la norma de referencia recibirá la misma cantidad a cargo de las empresas del sector, con las particularidades expresadas en los artículos 4 y siguientes del mencionado acuerdo.

    Cabe agregar, que por Decreto del Poder Ejecutivo N° 108/2020 del 24 de marzo del corriente, se reglamentó la forma de financiamiento del pago de la partida extraordinaria, por única vez, a los trabajadores de la construcción activos al 16 de marzo próximo pasado.

    https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/sites/ministerio-trabajo-seguridad-social/files/2020-03/Acuerdo%20Bilateral%20-%20Licencia%20Construcci%C3%B3n.pdf
    http://www.impo.com.uy/bases/decretos/108-2020
    1. Por otra parte, el pasado 1 de abril se celebró la reunión tripartita de la industria de la construcción con la participación de la Cámara de la Construcción del Uruguay (CCU), Liga de la Construcción del Uruguay (LCU), Asociación de Promotores Privados de la Construcción del Uruguay (APPCU), Sindicato Único Nacional de la Construcción y Afines (SUNCA) e Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (IGTSS), en la que se acordó un protocolo a implementarse para el regreso a las obras el próximo 13 de abril, con la finalidad de disminuir la probabilidad de contraer o contagiar el COVID-19. https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/comunicacion/noticias/industria-construccion-tripartita-acordo-protocolo-recomendaciones-pa
    2. Resolución del MTSS N°55 del 20 de marzo de 2020, autoriza en carácter excepcional el adelanto de licencia generado en el año 2020 siempre que el mismo sea acordado entre trabajador y empleador en el marco de la emergencia sanitaria decretada en el país.https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/institucional/normativa/resolucion-55020-autorizando-adelanto-licencia-covid-19

    C.    Prevención de la discriminación y la exclusión

    Si bien no existen medidas que se hayan tomado, exclusivamente, con motivo de la emergencia sanitaria, se mencionan otras normas que refieren a la no discriminación bajo cualquier forma o motivo.

    1. Ley N° 17817 del 6 de setiembre de 2004, “Declaración de interés nacional de la lucha contra el racismo, la xenofobia y toda otra forma de discriminación”.
    http://www.impo.com.uy/bases/leyes/17817-2004
    1. Decreto N° 152/006 del 30 de mayo de 2006, “Reglamentación de la ley contra el racismo, la xenofobia, y toda otra forma de discriminación”. http://www.impo.com.uy/bases/decretos/152-2006

    D.    Acceso a servicios sanitarios de toda la población

    Al igual que en literal anterior, no se han identificado un conjunto de normas o medidas adoptadas, exclusivamente, en el marco de la actual crisis y que se ajusten estrictamente a este criterio, salvo lo que se menciona en el numeral 3, respecto a la inclusión del procedimiento de diagnóstico por PCR-RT de SARS CoV 2 en los programas integrales de salud y en el catálogo de prestaciones definidos por el Ministerio de Salud Pública.

    No obstante, por su relación directa con el tema que nos ocupa, en principio, se mencionan las normas referentes al Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), y los lineamientos para la implementación y desarrollo de la telemedicina.

    1. Ley 18211 del 5 de diciembre de 2007, “Creación del Sistema Nacional Integrado de Salud”.
    https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18211-2007/61
    1. Decreto N° 2/008 del 8 de enero de 2008, “Reglamentación de la ley Nº 18.211. Sistema nacional integrado de salud”.
    https://www.impo.com.uy/bases/decretos/2-2008)
    1. Por decreto del Poder Ejecutivo N°118/2020 del 1° de abril de 2020, se incorpora a los programas integrales de salud y al catálogo de prestaciones definidos por el Ministerio de Salud Pública, el procedimiento diagnóstico por PCR-RT de SARS CoV 2.
    https://www.impo.com.uy/bases/decretos/118-2020
    1. El pasado 2 de abril se aprobó la Ley N° 19.869 “Lineamientos generales para la implementación y desarrollo de la telemedicina como prestación de los Servicios de Salud”, que si bien, no está motivada, exclusivamente, en la emergencia sanitaria, su reciente aprobación tiene una clara relación con la situación excepcional que vive el país.
    https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19869-2020

    E.     Ampliación del derecho a bajas remuneradas

    1. Resolución del MTSS N° 143 del 18 de marzo de 2020, crea un régimen especial de subsidio por desempleo, en principio, desde el 18 de marzo al 17 de abril de 2020. https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/comunicacion/noticias/subsidio-especial-para-actividad-privada-efectos-covid-19
    2. Resolución del MTSS N° 163 del 20 de marzo de 2020, incorpora al régimen especial de subsidio por desempleo, recién mencionado, a todos los trabajadores incluidos en el ámbito subjetivo de aplicación del Decreto Ley N° 15.180 del 20 de agosto de 1981, sus modificativas y concordantes.
    https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/institucional/normativa/resolucion-163020-regimen-especial-del-subsidio-desempleo-parcial
    https://www.bps.gub.uy/16874/subsidio-especial-por-desempleo-parcial-para-trabajadores-mensuales.html
    1. Por resolución del MTSS del 3 de abril de 2020, se extiende hasta el 31 de mayo del corriente, el plazo de vigencia del régimen especial de subsidio por desempleo, mencionado en el numeral anterior.

    Además, esta resolución modifica el texto de los artículos 2 y 3 de la Resolución N°143 del 18 de marzo de 2020, aludida en el numeral 1 anterior, comprendiendo a los trabajadores en situación de suspensión parcial de actividades por reducción de los días de trabajo mensual con un mínimo de 6 y un máximo de 19 jornales en el mes.

    Por otra parte, expresa que el monto a percibir por el trabajador, en ningún caso, será inferior al 75% del promedio de las remuneraciones mensuales percibidas en los últimos 6 meses, incluyendo la suma nominal abonada por el empleador por el tiempo efectivamente trabajado. https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/comunicacion/noticias/extension-del-plazo-regimen-especial-subsidio-desempleo-hasta-31-mayo

    1. Asimismo, se incluye en el régimen de subsidio por desempleo regulado por el Decreto Ley N°15180 del 20 de agosto de 1981, a los trabajadores dependientes afiliados a la Caja Notarial de Seguridad Social en los términos expresados en el texto del decreto del Poder Ejecutivo N° 127/2020 del 14 de abril del corriente.
    https://www.impo.com.uy/bases/decretos/127-2020
    1. Por Resolución del MTSS del 8 de mayo de 2020, se estableció un nuevo régimen que flexibiliza las exigencias de acceso al subsidio por desempleo en cuanto a los plazos de aportación al Banco de Previsión Social; permitiendo el acceso a esta prestación, en forma provisoria, durante abril y mayo, a trabajadores con entre tres y cinco meses de aportes (en los últimos 12 meses), con una prestación del 25% del promedio mensual de las remuneraciones nominales computables percibidas en los tres meses inmediatos anteriores a configurarse la causal (artículo 5 apartado  I numeral  2 de la resolución de referencia).

    En forma especial y provisoria también se reduce el requisito de jornales exigidos, para que quienes tienen entre 75 y 149 jornales (en los últimos 12 meses) accedan al subsidio por desempleo con una prestación de 6 jornales mensuales. El monto del jornal se obtiene dividiendo el total de las remuneraciones computables percibidas en los tres meses inmediatos anteriores a configurarse la causal entre 75 (Artículo 5 apartado II numeral 2 de la misma resolución)

    Por otra parte, se flexibilizan las condiciones para aquellos trabajadores que por tener otra actividad no contaban con la cobertura del seguro de desempleo en tres sectores: educación, deportes y cultura (grupos 16, 18 y 20 de los Consejos de Salarios), para que puedan acceder a este subsidio en forma provisoria y especial por un plazo de dos meses (abril y mayo de 2020).

    https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/comunicacion/noticias/ministro-mieres-presento-variante-seguro-desempleo-para-atender-situacion

    file:///C:/Users/Usuario/Downloads/Resoluci%C3%B3n070520.pdf

    1. Por decreto del Poder Ejecutivo N° 109/2020 del 25 de marzo de 2020, se estipula que las personas mayores de 65 años, comprendidas en el ámbito subjetivo de aplicación del subsidio por enfermedad, establecido en el Decreto Ley 14.407 del 22 de julio de 1975, su modificativas y concordantes, podrán guardar régimen de aislamiento en el marco de la emergencia sanitaria y tendrán derecho a percibir el subsidio por enfermedad antes referido.

    A tales efectos, la comunicación cursada por la empresa al BPS se considera como hecha por el prestador de salud. http://www.impo.com.uy/bases/decretos/109-2020

    https://www.bps.gub.uy/16976/subsidio-por-enfermedad-para-mayores-de-65-anos.html
    1. Por medio de la Ley N° 19873 del 3 de abril de 2020, se incluye el COVID-19 como enfermedad profesional durante la emergencia sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo para el personal de la salud (personal médico y no médico) que desempeñen tareas en instituciones privadas de asistencia médica, que trabajen directa o indirectamente con pacientes infectados con el SARS-CoV 2, siempre y cuando se pueda demostrar fehacientemente su nexo causal.

    Cabe advertir que, a los efectos de su aplicación, el personal de limpieza y otros servicios conexos será considerado como personal de la salud, aún cuando su relación de dependencia sea con una empresa distinta a la institución de asistencia médica que se considere en cada caso.

    Por otra parte, se resolvió incluir a aquellos profesionales médicos que ejercen su labor en forma independiente y por ende, no quedaban cubiertos por este seguro, a través de un subsidio por incapacidad temporal servido por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU), lo que fue reconocido por el Poder Ejecutivo mediante el decreto N° 130/2020 del 17 de abril de 2020.

    En este sentido, el Poder Ejecutivo anunció, recientemente, un acuerdo entre la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) y los prestadores privados de salud para que los trabajadores médicos y no médicos que estén certificados y en cuarentena en sus casas queden cubiertos por el seguro de enfermedad durante los primeros tres días de inactividad por esta causa. 

    https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19873-2020
    https://www.impo.com.uy/bases/decretos/130-2020/1
    1. Por medio de la Ley N° 19.874 del 2 de abril del corriente, se creó el “Fondo Solidario COVID-19”con la finalidad de solventar, exclusivamente, las erogaciones provenientes de toda actividad estatal destinada a: la protección de la población, los gastos que deba atender el Ministerio de Salud Pública y demás prestadores públicos de la salud de manera directa o mediante ayudas y transferencias a los prestadores privados, las actividades de prevención, mitigación, atención y rehabilitación a cargo del Sistema Nacional de Emergencias (SINAE), el pago de las prestaciones del Seguro por Enfermedad y del Seguro por Desempleo brindados por el Banco de Previsión Social, y la caída en la recaudación del Banco de Previsión Social derivada de la reducción de la actividad económica.

    Las fuentes de financiamiento del fondo, entre otras, se componen de: las utilidades del ejercicio 2019 del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) en los términos que expresa el referido texto, hasta el 100% de las utilidades acumuladas, al momento en que se promulgue la ley, de la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND), el producto total del “Impuesto Emergencia Sanitaria COVID-19” que crea  esta norma y que gravará, en su totalidad, las remuneraciones y prestaciones nominales superiores a $120.000, ya sean en efectivo o en especie, derivadas de servicios personales prestados al Estado, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados, personas de derecho público no estatal y entidades de propiedad estatal en las que el Estado o cualquier entidad pública posea participación mayoritaria.

    Asimismo, se crea un “Adicional al Impuesto a la Asistencia a la Seguridad Social” (IASS), que gravará los ingresos correspondientes a las jubilaciones, pensiones, retiros militares y policiales, y prestaciones de pasividad similares, servidos por instituciones públicas, paraestatales y privadas.

    Ambos tributos, gravan los ingresos, a partir de lo montos nominales mencionados, en porcentajes de 5, 10, 15 y 20% según la franja correspondiente.

    Para el caso del “Impuesto Solidario COVID-19”, el texto expresa que, en  ningún caso, el monto de las retribuciones y prestaciones líquidas, una vez deducidas las contribuciones especiales a la seguridad social, el aporte al sistema de salud correspondiente, el Fondo de Reconversión Laboral, el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas, además de este impuesto, podrá ser inferior a $ 80.000 líquidos mensuales, y en el caso del adicional al IASS el monto líquido a percibir no podrá ser inferior a $100.000.

    Estos tributos se aplicarán a los ingresos devengados correspondientes a los meses de abril y mayo de 2020, quedando facultado el Poder Ejecutivo a prorrogar su aplicación hasta por un período máximo de dos meses, dando cuenta a la Asamblea General.

    El texto de la norma exceptúa del “Impuesto Solidario COVID-19”, al personal de la salud que participa directa o indirectamente en el proceso asistencial (trabajadores médicos y no médicos) que a raíz de las tareas que desempeña, está expuesto al contagio del SARS-CoV 2; sin embargo, expresa que se hará en las condiciones que establezca la reglamentación.

    https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19874-2020

    III.             Fomento de la actividad económica y la demanda de mano de obra

    El Gobierno ha expresado que los objetivos de las medidas económicas son mantener la salud financiera de pequeñas y medianas empresas, proteger su calidad crediticia y asegurar la cadena de pagos entre productores, proveedores y distribuidores.

    En este sentido, seguidamente se describen las medidas económicas adoptadas, según los pilares fundamentales descritos en el documento de la OIT utilizado como referencia.

    Asimismo, cabe acotar, que según anunciaron voceros del Gobierno Nacional, se están analizando medidas a aplicar para atender la situación de grupos más vulnerables frente a las consecuencias adversas en el mercado laboral, como unipersonales, monotributistas y trabajadores no amparados por el sistema de Seguridad Social. 

    A.    Promoción de una política fiscal eficaz

    1. Por Resolución de la Dirección General Impositiva (DGI) Nº 550/2020, del 20 de marzo de 2020, se difirió el pago del IVA Mínimo (Literal E)[1] con cargo a los meses de febrero y marzo de 2020, lo que se abonará en seis cuotas iguales, consecutivas y sin pago de interés, a partir del mes de mayo.
    2. Se prorrogó hasta el 27 de marzo de 2020 el pago de impuestos correspondientes a las obligaciones con vencimiento entre el 23 y el 26 de marzo de 2020, se exceptúan de esta prórroga a las empresas públicas. https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,principal,_Ampliacion,O,es,0,PAG;CONC;30;6;D;medidas-economicas-para-enfrentar-efectos-de-covid-19;6;PAG
    3. Acorde a lo dispuesto por la Ley N° 19.872 del 23 de marzo de 2020, el Banco de Previsión Social (BPS) difirió el pago de los monotributistas, unipersonales y sociedades personales con hasta 10 empleados cuyo régimen de aportación sea industria y comercio, correspondiente a los meses de pago abril y mayo.

    El 60% de dichos aportes se abonarán en 6 cuotas a partir del mes de junio.

    El 40% restante será de cargo del Estado.

    Asimismo, por Ley N° 19.876 del 16 de abril del presente año, se dispuso que los cooperativistas también quedan comprendidos en el ámbito de aplicación de la exoneración dispuesta por la Ley 19.872, recientemente mencionada.

    https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19872-2020
    https://medios.presidencia.gub.uy/legal/2020/leyes/04/mtss_33.pdf

    B.     Aplicación de políticas monetarias flexibles

    El Banco Central del Uruguay (BCU), por resolución del 1° de abril de 2020, dispuso un instrumento de política monetaria y de regulación de liquidez del sistema financiero mediante la flexibilización del encaje mínimo obligatorio en moneda nacional y unidades indexadas, en la forma que establece la resolución.

    Esta disminución operará según el incremento en el crédito vigente que cada institución otorgue al Sector Privado no financiero en moneda nacional y unidades indexadas tomando como referencia el 29 de febrero de 2020 y hasta el 30 de junio de 2020.

    https://www.bcu.gub.uy/Comunicaciones/Paginas/Encajes-Resolucion.aspx

    C.    Apoyo financiero y de concesión de préstamos a sectores específicos, en particular el sanitario

    1. A través de líneas de crédito otorgadas por organismos multilaterales, el Banco República (BROU) podrá otorgar planes de financiamiento en condiciones más flexibles a las empresas (menores tasas, plazos más largos, períodos de gracia en algunos casos) por un total de U$S 50.000.000 (dólares estadounidenses cincuenta millones) con posibilidades de incrementarla a U$S 125.000.000.
    2. Por otra parte, el BROU brinda a sus clientes la posibilidad de postergar el pago de obligaciones, en las condiciones publicadas en el sitio web de esta institución financiera. En todos los casos el beneficio podrá otorgarse a clientes con deudas vigentes al 29 de febrero de 2020. https://www.brou.com.uy/web/guest/institucional/novedades/postergacion-de-pago
    3. Se aumentan los fondos del Sistema Nacional de Garantía para la línea SIGA-Pyme, haciendo posible el otorgamiento de préstamos a Pymes por hasta 2.500 millones de dólares estadounidenses y se exonera el 70% de la comisión que cobra el sistema de garantías.
    4. Aplazamiento de todos los vencimientos, por 30 días renovables, a todos los beneficiarios de los programas de crédito de la ANDE.
    5. El Banco Central del Uruguay (BCU) a través de la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) autorizó a las instituciones de intermediación financiera, empresas de servicios financieros, y administradoras de crédito de mayores activos, a extender los plazos de vencimiento de los créditos al sector no financiero en acuerdo con sus clientes por hasta 180 días.

    El motivo de la resolución es atender la situación de familias y empresas frente a las restricciones financieras por la pérdida temporaria de ingresos a consecuencia de la coyuntura provocada por las medidas tomadas ante la propagación del coronavirus (COVID -19).

    https://www.bcu.gub.uy/Comunicaciones/Paginas/.aspx

    El monto del subsidio es de $ 6.779, se otorgará por los meses de abril y mayo, cubrirá a 10.115 beneficiarios y se instrumentará a través de la Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE) y el Banco de Previsión Social.

    La propuesta implica una transferencia de aproximadamente 6 millones de dólares del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP).

    https://medios.presidencia.gub.uy/legal/2020/proyectos/04/mef_47.pdf
    • En otro sentido, a través de la ANDE se otorgan préstamos blandos en Unidades Indexadas (UI) por cese de actividad, a monotributistas y pequeños empresarios con actividad registrada de industria y comercio ante el BPS, equivalente a $12.000 en los meses de abril y mayo.
    https://www.ande.org.uy/herramientas-de-apoyo-a-mipymes.html
    • El Banco Hipotecario del Uruguay y la Agencia Nacional de Vivienda difirieron dos cuotas para el final del período de pago de los préstamos. Además, hay una garantía de alquileres a través del Estado para personas en seguro de paro, que sustentará un 50 % y habrá un subsidio para la otra mitad.

    IV.             Apoyo al empleo y al mantenimiento de ingresos

    A.    Ampliación de la protección social a toda la población

    1. El Gobierno Nacional resolvió duplicar, por única, vez el monto de la “Tarjeta Uruguay Social”, la cantidad de alimentos destinados a los comedores municipales y la de canastas que reciben las oficinas territoriales del Ministerio de Desarrollo Social.

    La primera mitad del monto se transferirá el 31 de marzo y la otra el 30 de abril.

    • Por otra parte, se otorgó la denominada “canasta de emergencia sanitaria” a trabajadores informales y a quienes no reciban otras prestaciones del Estado. Cabe advertir, que los titulares beneficiarios de la “Tarjeta MIDES Uruguay Social” y de “Asignación Familiar-Plan de Equidad” (AFAM-PE) no están comprendidos por esta prestación.

    No obstante, los restantes integrantes del núcleo familiar podrán solicitarla.

    • También se ha resuelto duplicar el monto de la “AFAM-PE”, por única vez, para quienes no sean beneficiarios de la “Tarjeta Uruguay Social”, por medio de dos pagos, uno se hizo el 6 de abril y el próximo se hará durante el mes de mayo del corriente. 
    • También se resolvió ampliar el número de refugios para ubicar a las personas en situación de calle mayores de 65 años, que conforman el núcleo de ciudadanos de alto riesgo sanitario. 
    https://www.gub.uy/ministerio-desarrollo-social/comunicacion/noticias/gobierno-duplica-monto-tarjeta-uruguay-social-canastas-alimentos

    Esta medida, según voceros del Gobierno, implica una transferencia de 1.000 millones de pesos desde el Ministerio de Economía al de Desarrollo Social.

    B.     Conservación del empleo: reducción del horario laboral

    1. Por resolución del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) del 16 de marzo de 2020, se autoriza, en forma transitoria y excepcional, a todo el personal de las Zonas Francas, a realizar su actividad laboral de forma remota, en la medida en que la naturaleza de esta así lo permita, por el período comprendido entre el 16 y el 30 de marzo de 2020 inclusive.
    https://www.gub.uy/ministerio-economia-finanzas/comunicacion/noticias/resolucion-trabajo-remoto-zonas-francas

    C.    Ayudas financieras y reducciones fiscales para las PYMES

    1. Dentro de los programas de crédito dirigido de la Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE), se agrega como beneficiarias a las micro y pequeñas empresas afectadas por la emergencia sanitaria para créditos cuyo destino sea capital de trabajo (a menos de 18 meses).

    En este caso, se subsidia la tasa de interés que las Instituciones de Microfinanzas cobran para el crédito a micro y pequeñas empresas.

    En función de esta medida y según lo publicado por la ANDE, el objetivo es brindar apoyo financiero aportando liquidez a las mipymes, con créditos cuyo destino sea capital de trabajo en mejores condiciones crediticias que las del mercado (una tasa de interés menor, en plazos mayores y considerando períodos de gracia prolongados).

    https://www.ande.org.uy/grupos-asistidos/apoyo-a-las-mipymes-afectadas-financieramente-por-el-covid-19

    Referencias

    Organización Internacional del Trabajo. (18 de marzo de 2020). Covid-19 y el mundo del trabajo: repercusiones y respuestas. Obtenido de https://www.ilo.org: https://www.ilo.org/global/lang–es/index.htm

    Rodríguez Azcue, A. (2020). Caja de Herramientas «Laboral» para enfrentar el Coronavirus, versión N° 2. Montevideo.


    [1]Texto Ordenado de la DGI, Título 4, artículo 52 literal E: “Las obtenidas por los contribuyentes cuyos ingresos no superen anualmente el monto que establezca el Poder Ejecutivo. Sin perjuicio

    de lo establecido precedentemente, facultase al Poder Ejecutivo a considerar el número de dependientes, la naturaleza de la actividad u otros elementos que establezca la reglamentación, a efectos de lainclusión o exclusión en la exoneración aludida”.

    Tope de ingresos anuales para el año 2020 según Artículo 52º literal E) Título 4 T.O: $ 1.331.600

  • Servicio de Extensión ALRLU

    Servicio de Extensión ALRLU

    La Comisión de Extensión tiene como cometido realizar diversas actividades en la que se enfatice la relación de los egresados universitarios en la sociedad, con el fin de incrementar la participación y contribución en un rol activo.

    ¿Que entendemos por extensión? 

    La extensión debe comprenderse como un proceso bidireccional en donde el foco es la necesidad y la importancia de que la Asociación como colectivo de profesionales, genere vínculos con la población.

    ¿Que buscamos?

    Poder volcar a la sociedad una herramienta tan importante como es la difusión y adquisición del conocimiento de sus derechos. Por medio de un asesoramiento virtual pero personal que acerque al ciudadano a la normativa laboral vigente. 

    ¿Porque ahora?

    Bajo el contexto laboral que estamos viviendo, nace la iniciativa de implementar la contención social, pretendiendo  brindarle a la ciudadanía el medio de comunicación para evacuar cualquier tipo de duda laboral que tenga a través de la página Web. 

    ¿Quienes podrán acceder? 

    Cualquier ciudadano ingresando en nuestra página web, podrá seleccionar el botón denominado «consultanos» y enviar su consulta de índole laboral.

    ¿Quien evacuará la consulta?

     Un grupo de Licenciados profesionales de las Relaciones laborales analizará la consulta y dará respuesta. 

    Compartimos con ustedes la iniciativa y agradecemos la difusión que puedan darle entre sus colegas, familiares y amigos.

    Seguimos apostando a la solidaridad y trabajando por un mundo mejor!!!

  • 1º CICLO DE CHARLAS VIRTUALES

    1º CICLO DE CHARLAS VIRTUALES

    LIQUIDACIÓN DE CRÉDITOS LABORALES Y DESPIDOS

    Estimados colegas desde la Comisión de Formación Permanente tenemos el agrado de invitarlos al «Ciclo de charlas virtuales de ALRLU» que se desarrollara durante todo el mes de mayo 2020.


    El objetivo de dichos encuentros está centrado en el enriquecimientos en conocimientos prácticos  y temáticas propias del ejercicio de nuestra profesión, así como la generación por parte de nuestra Asociación del aporte ante la crisis sanitaria que atraviesa el país, a través de la donación de lo recaudado en las charlas a la red de apoyo “@CANASTASUY”.

    Por tal motivo, el ciclo de Charlas no será gratuito como en otras oportunidades, ya que nos propusimos recaudar fondos por medio de la inscripción, para luego ser depositados en la caja de ahorros que dicho emprendimiento solidario maneja.

    Colaborará con nosotros Capital Humano Campus, institución de capacitación que apoyará en la difusión de los encuentros.

    La actividad se desarrollará en cuatro módulos que nuclean distintas temáticas referentes a la relación laboral.

    Disertantes :

    1º Módulo: Despidos. Dr. Leonardo Slinger

    02/05/2020 10:00 a 11:30

    2º Módulo: Liquidación de créditos laborales: tiempo trabajado en descansos, feriados y horas extras. Lic. RRLL Manuel Planelles

    09/05/2020 10:00 a 11:30

    3º Módulo: Liquidación de créditos laborales: Licencia, salario vacacional y aguinaldo. Lic. RRLL Elea Medina

    23/05/2020 10:00 a 11:30

    4º Módulo: Liquidación de de IRPF y aportes. Lic.RRLL. Stefan Rodríguez.

    30/05/2020 10:00 a 11:30

    Inversión:

    Socios: cada módulo $100 o $300 los 4 módulos.

    No socios cada módulo $200 o $600 los 4 módulos.

    Inscripciones: https://forms.gle/KLzwSETXZ87UsMb59

    Plazo de inscripción: 18/04/2020 al 01/05/2020 12:00 am

    Plazo especial de inscrpción por módulo:

    Módulo 3 hasta el 21/05/2020

    Módulo 4 hasta el 28/05/2020

    Deposito en caja de ahorros BROU Cuenta Nº110240083-00001 indicando nombre y apellido.

    Nº anterior BROU: sucursal 600 cuenta 3081222

    Luego de realizado el pago recibirá ID y contraseña para poder acceder a la plataforma Zoom.

    Si te interesa tener todos los módulos y no pudiste inscribirte antes, abonando el total del ciclo al finalizar el mismo recibirás las grabaciones y materiales de los 4 módulos.

    En esta oportunidad no se entregara certificado de asistencia.

    ¡Sera un placer contar con ustedes!

    ¡¡Juntos podemos!!

    @Soylaborales

    @QUENOFALTEUNPLATO

  • PREGUNTAS FRECUENTES

    Preguntas Frecuentes bajo el contexto laboral COVID-19

    Marzo 2021

    …..

    Subsidio especial por desempleo parcial

    El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, creó un régimen especial de subsidio por desempleo para trabajadores de la actividad privada afectados por la emergencia sanitaria debida a la enfermedad COVID-19.

    ¿Qué condiciones deben reunir los beneficiarios?

    Este subsidio les corresponde a los trabajadores dependientes que se encuentran en una situación de suspensión parcial de actividades y en el marco del Decreto Ley 15.180, modificativas y concordantes.

    Tendrán derecho al subsidio los trabajadores mensuales, jornaleros y con remuneración mixta que tengan una reducción de seis días completos de trabajo como mínimo y 19 como máximo en el mes o la reducción de la jornada laboral de al menos un 50 % del horario habitual. También, los trabajadores destajistas o con remuneración de tipo comisión con una reducción parcial de un 50 % o más en sus ingresos promedio (de los seis meses inmediatos anteriores).

    La reducción debe producirse durante la vigencia de las resoluciones ministeriales, actualmente se prevé amparo hasta el 30 de junio de 2021.

    Derecho a percibir

    Se describe a continuación la forma de cálculo que aplica desde setiembre de 2020.

    Trabajadores mensuales y con remuneración mixta

    El subsidio a percibir será de hasta un 25 % del promedio mensual de las remuneraciones nominales computables percibidas en los seis meses completos de trabajo efectivo anteriores a configurarse la causal, en función de la cantidad de días de suspensión o reducción.

    A partir del mes de abril, el monto a percibir, que incluye el subsidio y lo abonado por la empresa por el período efectivamente trabajado, en ningún caso será inferior al 75 % del promedio de las remuneraciones mensuales de los últimos seis meses tomados para el cálculo del beneficio.

    Trabajadores jornaleros

    El subsidio a percibir será de un jornal promedio por cada día no trabajado. El jornal promedio se calcula dividiendo entre 150 el total de las remuneraciones percibidas en los últimos seis meses completos de trabajo efectivo.

    En todos los casos, el monto a percibir no superará los 12 jornales y los jornales trabajados más los jornales en subsidio no superarán el promedio mensual de los últimos seis meses tomados para el cálculo del beneficio.

    Trabajadores destajistas y con remuneración de tipo comisión 

    El subsidio a percibir será el equivalente a la diferencia entre el 75 % del promedio mensual de los últimos seis meses completos de trabajo efectivo y lo abonado por el empleador en dicho período, que no podrá ser menor al 25 % del promedio mensual.

    A tener en cuenta: en todos los casos, el empleador se hará cargo del pago de lo efectivamente trabajado.

    Topes para el pago del subsidio

    Tope máximo: $ 48.071,29 (enero 2021).

    Tope mínimo: $ 6.007,30 (enero 2021).

    Tramitación

    El trámite debe ser gestionado por la empresa empleadora. El pago del subsidio (a cargo de BPS) se realizará durante el mes siguiente de la reducción a través de los distintos locales de pago habilitados.

    Mas información en web de BPS: Subsidio especial por desempleo parcial

    JIJO

    Subsidio por enfermedad para mayores de 65 años

    Como medida de protección ante la emergencia sanitaria debida al virus COVID-19, por decreto del Poder Ejecutivo, surge este subsidio para que los trabajadores con 65 años o más puedan permanecer en aislamiento dentro del período de vigencia de la normativa (desde el 20 de diciembre de 2020 y hasta el 30 de mayo de 2021).

    Beneficiarios 

    Todos aquellos trabajadores beneficiarios del subsidio por enfermedad que tengan 65 o más años de edad. Quedan excluidos quienes puedan realizar o realicen sus tareas habituales desde su domicilio.

    Derecho a percibir

    El monto a percibir equivale al 70 % de todos sus ingresos que constituyan materia gravada (no se cuenta el aguinaldo), con un tope de $ 48.071,29 (01/2021), más la cuota parte de aguinaldo. Se calcula en base al promedio del total de lo percibido en los 180 días anteriores al último día del mes anterior al de la certificación.

    • El subsidio se abonará a partir del cuarto día de certificación.
    • El pago se realiza en forma mensual.

    Información sobre el ausentismo preventivo

    Los trabajadores en esta situación no deberán presentarse ante los prestadores de salud, ya que las empresas realizarán directamente el ingreso del período de amparo a través del servicio en línea correspondiente.

    No se perderá el derecho al cobro del beneficio aunque haya sido generado antes de la habilitación del servicio.

    Información para las empresas

    Para este subsidio, a diferencia de los subsidios por enfermedad comunes, las empresas no deberán ingresar el último día trabajado (UDT).

    El reintegro anticipado deberán ingresarlo por el portal de BPS o pueden hacerlo a través del servicio en línea, tema: Empresarios, motivo: Subsidio por Enfermedad.

    Tramitación

    Subsidio por enfermedad para mayores de 65 años

    IHIH

    Tengo licencia pendiente de 2019 y 2020, ¿mi empleador puede postergarla?

    JOJIJ
    Resolución N° 287/020 Postergación licencia.

    Se autoriza a postergar licencias pendientes, el empleador debe realizar el tramite ante el MTSS solicitando a la IGTSS por medio de nota firmada por los trabajadores quienes deben brindar su consentimiento para dicha postergación.

    Si bien la resolución establece su aplicación para determinados grupos de actividad la solicitud puede ser realizada por cualquier empresa de cualquier rubro, luego la IGTSS analizara si corresponde o no.

    Ñ.PLP 

    RESOLUCION AQUI:

    http://Autorízase a postergar – en todo o en parte- el goce de la licencia anual generada durante el año 2019 hasta el mes de diciembre de 2021 en los siguientes grupos de actividad; Grupo 10, Grupo 11, Grupo 12, Grupo 13 Grupo 18 y Grupo 20

     

    Marzo 2020

    Soy trabajador dependiente y de acuerdo a las disposiciones del MSP por retornar al país y/o por haber estado con personas con COVID 19 no concurro a trabajar , a qué subsidio me amparo?

    El MTSS establece a través del Dec 93/2020 que te podés amparar al seguro de enfermedad común de acuerdo al decreto ley 14.407, quedando contemplado el subsidio por enfermedad y la asistencia médica correspondiente.

    Soy trabajador dependiente y no concurro a trabajar por decisión propia sin tener riesgo sanitario, que pasa con mi salario?

    En principio el trabajador no debería negarse a concurrir al trabajo, salvo que pueda fundamentar y probar que su asistencia le provoque un riesgo para su vida o salud. Por tanto es considerado una falta injustificada, la empresa no debe abonar tu salario.

    El empleador me propone realizar teletrabajo, pero no tengo las condiciones laborales para realizarlo desde mi hogar. El empleador debe proporcionar el equipamiento y los materiales necesarios?

    Es una modalidad a acordar con el empleador, es conveniente documentar las condiciones sobre todo cargas horarias, plazo por el cual se está acordando el teletrabajo, entre otros. En este caso el empleador debe abonar el salario y proporcionar los equipamientos y materiales necesarios. Además debe comunicar a la IGTSS dicho acuerdo vía correo electrónico a:

    inspecciondetrabajo@mtss.gub.uy.

    Empresas en Zona franca.

    Para las empresas amparadas a sistemas de zona franca que su reglamentación les obliga a realizar su actividad en territorio franco, se autorizó de forma excepcional a realizar su actividad fuera del espacio donde se encuentra ubicada la empresa para acompañar la recomendación de realizar el trabajo de forma remota, por el periodo de 16 de marzo y hasta el 10 de abril de 2020.

    Soy trabajador dependiente y la empresa cierra acatando las disposiciones del MSP, el empleador debe pagar mi salario?

    El empleador debe abonar tu salario, también puede enviarte al seguro de desempleo total o parcial por un tiempo no mayor a 4 meses o acordar que te tomes licencia anual anticipada.

    ¿ Cuales son las modalidades del seguro por desempleo? 

    • Seguro total (por despido)
    • Seguro por suspensión total o  parcial régimen general.
    • Subsidio especial trabajadores mensuales vigencia temporal del beneficio.
    Acorde a lo estipulado en los  Arts. 4° literal «C» y 5° de la Ley 15.180, modificativas y concordantes:

    Las causales de amparo al Seguro de Desempleo son:  
    1. Por despido, salvo que el mismo obedeciera a razones disciplinarias,
    2. por suspensión, salvo, que al igual que en el caso anterior, estuviese motivada en razones disciplinarias, y 
    3. por reducción del total de las jornadas de trabajo en el mes o del total de las horas trabajadas en el día (Ver más adelante respuesta referente a Multiempleo).
     

    En el siguiente link encontrarán información referente a montos y requisitos exigidos por BPS:

    https://www.bps.gub.uy/4802/subsidio-por-desempleo.html

    En cuanto al subsidio parcial especial para trabajadores mensuales:

    A partir de  las Resoluciones del MTSS N° 143 del 18 de marzo de 2020 y 163 del 20 de marzo de 2020, se creó un régimen especial de seguro por desempleo que estará vigente, en principio, entre el 18 de marzo y el 17 de abril de 2020.
    Este mecanismo ampara a todos los trabajadores mensuales con remuneración fija o variable, incluidos en el ámbito subjetivo de aplicación del Decreto Ley N° 15.180 del 20 de agosto de 1981, sus modificativas y concordantes.

    Los invitamos a leer los siguientes artículos disponibles en nuestra web:

    https://elcacharrero.site/flexibilizacion-del-seguro-de-paro/

    https://elcacharrero.site/implementacion-del-sedpm/

    ¿Se puede adelantar la licencia reglamentaria del año 2020?

    El Ministerio de trabajo resolvió, autorizar con carácter excepcional el adelanto de licencia a generarse en el 2020, de acuerdo a Resolución 55/2020, siempre que el mismo sea motivado en la situación de emergencia sanitaria decretada en el país y que la decisión sea acordada entre el trabajador y el empleador.

    Las empresas que deseen ampararse a esta medida deberán consignar por escrito el acuerdo alcanzado al respecto entre trabajador y empleador y presentarlo ante el MTSS, a través del correo electrónico: inspecciondetrabajo@mtss.gub.uy, a efectos de que la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (IGTSS) tome conocimiento del mismo.

    En cuanto al pago de la licencia y del salario vacacional deberá regirse por la normativa general vigente y los periodos en caso de ser fraccionada no deberán ser inferiores a 10 días.

    ¿Si existe un nexo causal entre mi trabajo y contraer la enfermedad en el mismo, que subsidio me corresponde?

    Se incluyó dentro de la lista de enfermedades profesionales el COVID-19 para los trabajadores de la salud.

    En tal caso si la persona es trabajador de la salud y contrae el virus le corresponderá un subsidio del 100% de sus ingresos abonado por el BSE.

    La ley 16.074 regula en nuestro país el seguro obligatorio para accidentes laborales y enfermedades profesionales, estableciendo en su artículo 2 “Todo patrono es responsable civilmente de los accidentes o enfermedades profesionales que ocurran a sus obreros y empleados a causa del trabajo o en ocasión del mismo, en la forma y condiciones que determinan los artículos siguientes”.

    En caso que la persona no sea trabajador de la salud y adquiera el virus será cubierto por él subsidio por enfermedad común.

    En el siguiente link se encuentra disponible el texto aprobado:

    Texto del Proyecto aprobado por el Poder Legislativo

    Soy doméstica ¿que pasa con mi salario si mi empleadora no me convoca a trabajar?

    El convenio que rige para el sector desde el año 2010 establece que «toda vez que la trabajadora no sea convocada a trabajar en los días acordados, los empleadores deberán abonar el salario y/o jornal íntegramente.».

    Por lo tanto es carga del empleador cubrir el salario en caso que el o la trabajadora doméstica no sea convocada a trabajar y no se encuentre amparada a ninguna subsidio otorgado por BPS o BSE.

    Soy trabajador de la construcción. ¿Existe algún acuerdo firmado que me ampare en la pandemia?

    Si, el pasado 20 de marzo de 2020 se llegó a un acuerdo para el sector de la Construcción que tiene como ámbito de aplicación al personal de obra, jornalero, mensual y administrativo incluidos en el Decreto Ley N° 14.411 y al  personal excluido de dicho Decreto Ley de la Industria de la construcción Grupo-09, que se encuentra dentro de la estructura de salarios de los acuerdos de consejos de salarios.

    Quedan exceptuados del presente acuerdo el personal administrativo y técnico de las empresas.

    Los derechos son:

    Personal de obra (con exclusión de personal administrativo y técnico) incluido en el Decreto Ley N° 14.411 que se encuentren dentro de la estructura de salarios de los acuerdos de consejos de salarios activos en BPS al 16 de marzo del corriente.

    1. Licencia extraordinaria sin goce de sueldo desde el 24/3/20 al 05/4/20. Si alguna obra por razones de desmovilización, seguridad, logística u otra situación que imposibilite la suspensión inmediata, podrá realizar tareas que aseguren lo dicho 48 horas posteriores al 23 de marzo.
    2. Pago de una partida correspondiente a $16.505,52. Esta partida no es salarial, por lo tanto no constituye materia gravada por contribuciones especiales de seguridad social. El pago de la partida será efectivizada por el BPS no más allá del 31 de marzo.

    El acuerdo reglamenta la devolución de la partida.

    Personal excluido del Decreto Ley N° 14.411 de la Industria de la construcción Grupo-09, que se encuentra dentro de la estructura de salarios de los acuerdos de consejos de salarios.

    1. Licencia extraordinaria sin goce de sueldo desde el 24/3/20 al 05/4/20. Si alguna obra por razones de desmovilización, seguridad, logística u otra situación que imposibilite la suspensión inmediata, podrá realizar tareas que aseguren lo dicho 48 horas posteriores al 23 de marzo.
    2. Pago de una partida correspondiente a $16.505,52. Esta partida no es salarial, por lo tanto no constituye materia gravada por contribuciones especiales de seguridad social. El pago de la partida será efectivizada por la empresa no más allá del 3 de abril del corriente.

    El acuerdo reglamenta la devolución de la partida.

    Se exceptúa del acuerdo las tareas que por razones de servicio o atención por fallas, conexiones, reconexiones, entre otras deban continuar en actividad. En estos casos se preverá un servicio de régimen especial.

    Por último aquellos trabajadores que habían prorrogado el segundo periodo de licencia, las partes solicitarán al BPS se les adelante un pago especial de licencia y salario vacacional que tenían para cobrar con el aguinaldo de junio del corriente.

    Descarga el Decreto aquí:

    24/03/20. Se modifica el artículo 1° del Decreto n° 241/007 de 2 de julio de 2007, en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto n° 159/013 de 24 de mayo de 2013, del Decreto n° 110/017 de 24 de abril de 2017 y del Decreto n° 341 de 22 de octubre de 2018.*

    Tengo más de 65 años me encuentro dentro de la población de riesgo ¿me corresponde algún subsidio?

    De acuerdo al Decreto de fecha 25 de marzo de 2020 todas las personas mayores de 65 años de edad, con el fin de cuidar su salud y realizando el aislamiento correspondiente, podrán ampararse a la cobertura del seguro de enfermedad con un plazo máximo de 30 días, siempre que la tarea a realizar no pueda realizarse desde su hogar.

    Se entenderá por aislamiento, la permanencia de la persona en su domicilio, salvo en caso de imperiosa necesidad o urgencia.

    Para hacer uso del subsidio la empresa deberá comunicar a BPS.

    En caso que sea empresario deberá cumplir con alguna de las siguientes condiciones:

    • Monotributo común o Mides con aportación Rural o Industria y Comercio con vínculo funcional 2 (socio con actividad).
    • Socios cooperativas.
    • Unipersonal De industria y comercio, con hasta 5 dependientes.
    • Rurales, con hasta 5 dependientes (según opción mutual).
    • Monotributistas con cónyuge colaborador y hasta 1 dependiente.
    • Monotributistas con hasta 3 dependientes en época de zafra

    Descarga el decreto aquí:

    25/03/2020. Personas de 65 años o más, comprendidas en el ámbito subjetivo de aplicación del subsidio por enfermedad establecido por el Decreto – Ley N° 14.407 de 22 de julio de 1975, modificativas y concordantes, podrán permanecer en aislamiento por el plazo máximo de treinta días, según determinen y comuniquen las empresas al Banco de Previsión Social. *

    Por mayor información le recomendamos visitar la web de BPS:

    https://www.bps.gub.uy/4774/subsidio-por-enfermedad.html

    MULTIEMPLEO: 

    ¿Trabajadores con más de un empleo tienen derecho al subsidio?

    Aquellos trabajadores que tengan más de un empleo les corresponderá subsidio siempre que el monto del salario o de los salarios que pierden sea igual o inferior al 50% del ingreso total.

    Ejemplo. si una persona tiene tres empleos percibiendo en el trabajo

    1- $12.000

    2- $13.000

    3- $ 6000

    El monto total de ingreso mensuales es $31.000

    El subsidio sería de $15,500 si es enviada en los tres trabajos al seguro.

    En este caso tendrá derecho a percibir subsidio siempre que la pérdida sea igual o superior al 50% del total, que en el ejemplo serían $15.500.

    Otro ejemplo

    Multiempleo empleo 1 salario $30.000

    empleo 2 salario $8500

    Ingreso total $38.500 subsidio por el total $19.250 (para el caso que sea enviado en ambos empleos).

    Si en este caso es enviado solo por el empleo de mayor remuneración el trabajador tendrá derecho a percibir un subsidio del 50% menos $8500 que es la remuneración que seguirá percibiendo por lo tanto el monto del subsidio en este ejemplo será de $10.750 ( subsidio $19.250 – salario del empleo que conserva $8500)

    ¿Qué sucede si recibo una pensión por fallecimiento y me envían al subsidio por desempleo?

    Bps otorgara la renta que resulte de la resta del monto subsidio por desempleo, menos el monto pensión por fallecimiento, el resultado es el complemento que BPS abonará.

    Ejemplo: Salario mensual de $38.000 corresponde subsidio por $19.000

    Monto pensión $13.000

    Monto subsidio $19.000

    Complemento a percibir $$6.000

    En este caso el beneficiario recibirá la pensión por fallecimiento de $13.000 más un complemento de $6.000.

    Si la pensión fuera superior al monto del subsidio por desempleo el beneficiario no tendrá derecho al cobro del complemento.

    ¿Qué sucede si tengo dos empleos uno público y uno privado?

    Si es enviado al subsidio por desempleo por su trabajo en la actividad privada no tendrá derecho al cobro del mismo ya que la actividad pública es incompatible.

    En caso de multi-empleo de industria y comercio más actividad privada:

    Si usted es socio sin actividad o Director/Administrador sin remuneración de una empresa y quiere ampararse al subsidio por desempleo deberá presentar un certificado contable con el que se indique:

    • de tratarse de una S.A si percibe o no remuneraciones, utilidades y dividendos por la misma.
    • si es una S.R.L si percibe o no remuneración y utilidades.

    Si usted es patrón de UNIPERSONAL o MONOTRIBUTISTA y quiere ampararse al subsidio por desempleo, la empresa debe encontrarse inactiva y deberá presentar un certificado contable en el que indique si percibe o no remuneración por la empresa.

    ¿Si soy empresario puedo acceder al subsidio por desempleo?

    Requisitos para empresarios que aplica BPS:

    • Socio sin actividad o director/administrador sin remuneración de una empresa SA o SRL, deberá presentar un certificado contable que indique si percibe o no remuneraciones, utilidades o dividendos. El certificado debe estar debidamente identificado con nombre y cédula de identidad del titular, y con los datos del contador (nombre, apellido y nro. de CJPPU).
      • Según causales:
        • Por suspensión: debe presentar un certificado contable al inicio y otro al cuarto mes.
        • Por despido y beneficiario menor a 50 años: debe presentar uno al inicio del trámite y otro al sexto mes.
        • Por despido y beneficiario mayor de 50 años: debe presentar uno al inicio del trámite y otro a los 12 meses de otorgado el subsidio.
        • Patrón de unipersonal o monotributista. Si la empresa se encuentra sin aportación, podrá presentar certificado contable en el que se indique que no percibe remuneraciones. De percibir ingresos por esta empresa, no tiene derecho al subsidio por desempleo.

    Los certificados contables deben adjuntar timbre profesional de $ 180.

    Versión en pdf:

    ALRLU PREGUNTAS FRECUENTES COVID- 19(1)

     

    Si te gustaría realizar algún comentario sobre las respuestas o si tienes alguna otra duda que aquí no esté contestada puedes escribirnos a:

    relacioneslaboralesuy@gmail.com

    Quédate en casa!

  • Convenio ALRLU-Capital Humano Campus.

    Convenio ALRLU-Capital Humano Campus.

    El día de ayer 17 de diciembre de 2019 se firmó el convenio entre ALRLU y Capital Humano Campus. 

    El objeto del mismo es beneficiar a los/as  socios/as de nuestra Asociación con descuentos del 20% en los cursos regulares por inscripción anticipada y 15% fuera de la fecha anticipada.  

    Compartimos con ustedes el documento firmado.

    Seguiremos trabajando apostando a la formación permanente. #SoyLaborales

    Convenio Capital Humano Campus 17-

  • Convenio ALRLU – Centro Referencia 🤝🏻

    El pasado viernes 28/03/2025 ALRLU y Centro Referencia, nos hemos unido con el objetivo de brindarle a nuestros socios importantes beneficios en pos de la salud mental 🧠

    Centro Referencia es una institución que nuclea profesionales de la salud mental, psicólogos y psicólogas provenientes de diferentes especialidades, con el fin de brindar:  psicoterapias, programa de recuperación para trastornos mentales severos, psicooncología, acompañamiento terapéutico y más. También realizan talleres de formación a estudiantes y cursos de psicoeducación al público en general.

    Beneficios del convenio:

    ✅️ Descuento en procesos terapéuticos, extensible a hijos/as y cónyuge.

    En caso de desvinculación del beneficiario que ya haya comenzado su proceso terapéutico, el presente convenio no dejará de tener vigencia.

    ✅️ Talleres de psico-educación: 30% de descuento, sin límite de talleres ni participantes, no acumulable con otras promociones.•

    50% de descuento para grupos de 10 o más participantes, sin límite de talleres ni participantes, no acumulable con otras promociones.

    ✅️ Curso anual “Gestión Integral en RRHH”: 50% de descuento, sin límite de participantes, no acumulable con otras promociones.

    Por más información pueden comunicarse al: 095957848

    Esperamos que sea de su agrado 🤝🏻💫

  • V Congreso Internacional de Relaciones Laborales: homenaje al Lic. Rrll Jorge Pérez Trujillo

    Sumate a nuestro V Congreso Internacional de RRLL: Homenaje a Jorge Pérez Trujillo (declarado de interés ministerial, tanto por el MEC como por el MTSS) y acompañanos a celebrar nuestra fiesta de fin de año 😁

    💬 CONGRESO
    📍 Presencial: Espacio Colabora, Arenal Grande 11200.
    💻 Virtual: Transmisión vía Zoom.
    📢 Paneles:

    • Negociación colectiva y movimiento sindical: desafíos futuros.
    • Prácticas y procesos actuales de gestión humana.
    • Actualidad en derecho laboral uruguayo y derecho comparado.
    • Riesgos psicosociales en el lugar de trabajo.

    🎉 FIESTA DE FIN DE AÑO
    📍 Lugar: Pizza Loca Jackson, Juan D. Jackson 1116.
    ✅ Incluye: Cena, bebida sin alcohol y diversión asegurada.

    ➡ Costos:
    Socios ALRLU $700
    Estudiantes de RRLL e instituciones convenientes de ALRLU $1.000
    No socios $2.000

    📋 Inscripción en el siguiente Link:
    https://docs.google.com/forms/d/1isPWSTDlSSj5ACWvjoaPYW0GKQduxXD9Pe2Ml-bNn4Q/edit

    ¡No te lo podés perder!

    Próximamente más información…

  • Cambio de Mando (Autoridades) ALRLU 2023 – 2025

    Cambio de Mando (Autoridades) ALRLU 2023 – 2025

    El día Sábado 21 de octubre se produjo el cambio de mando de la Asociación de Licenciados en Relaciones Laborales. Muchísimos estuvimos presentes, pero además de esto varios fueron quienes participaron mediante plataforma de ZOOM.

    Las elecciones se realizaron en el mes de Agosto, con gran concurrencia de los socios. En este contexto asume una nueva directiva que goza de absoluta legitimidad.

    Comisión Directiva:

    El equipo de la nueva directiva estará integrado por:

    Germán Mato, Alejandro Marquez, Álvaro Odazzio, Elena Rodriguez, Jessica Collazo, Carmen Lopetegui, Lucia Medina

  • IV Congreso Internacional de RRLL 2023

    IV Congreso Internacional de RRLL 2023

    Los pasados 13 y 14 de octubre se llevo a cabo el IV Congreso Internacional de Relaciones Laborales organizado por nuestra asociación.

    Fue un gran evento en el que tuvimos la oportunidad de compartir con expositores de alto nivel tanto nacionales como extranjeros.

    Agracemos especialmente a la Facultad de Derecho Udelar y a la Universidad Católica del Uruguay por brindarnos su apoyo, colaboración y espacio para desarrollar el evento, fue un enorme placer poder realizarlo en ambas Universidades.

    Compartimos galería de fotos de ambos días.

  • IV CONGRESO INTERNACIONAL DE RELACIONES LABORALES

    IV CONGRESO INTERNACIONAL DE RELACIONES LABORALES

    IV Congreso Internacional de Relaciones Laborales

    13 y 14 de octubre de 2023

    El Congreso tendrá lugar los días viernes 13 y sábado 14 de octubre de 2023 bajo la modalidad híbrida abordando los siguientes ejes temáticos:

    ..

    • Reducción de la jornada laboral
    • Salud mental en el ámbito laboral
    • Impacto de la tecnología en la gestión humana
    • Reformas laborales

    El día viernes el encuentro sera en Facultad de derecho de la Universidad de la República y el día sábado en la Universidad Católica del Uruguay.

    ..

    Contaremos con la presencia de reconocidos actores sociales, que disertarán en cada una de las mesas, incluyendo a la academia, el sector empresarial, las organizaciones sindicales y el Estado. Entendemos que el mismo ofrece la oportunidad de visualizar las diferentes perspectivas, compartir y adquirir conocimientos,  para lograr una visión integral de cada una de las temáticas.  

    ..

    ..

    Inversión: Socios/as ALRLU sin costo (antigüedad mínima de 3 meses, al día con la cuota social).

    No socios $2000

    Estudiantes FDER $1000

    Socios AUDTSS $1000

    Socios AGH $1000

    Extranjeros U$D 40

    .

    Depósito en cuenta de la ALRLU indicando nombre y apellido antes del 05/10/2023:

    Caja de ahorros BROU Cuenta: Nº110240083-00001

    Nº cuenta anterior BROU: sucursal 600 cuenta 3081222

    Enviar comprobante de depósito indicando nombres y apellido a: congresorrll@gmail.com

    ..

    📩Consultas:congresorrll@gmail.com

    📈Se entregará Certificado de asistencia 📈 a quien asista mínimo al 80% del evento.

    Viernes 17:30 horas a 20:30 aproximadamente

    Sábado 09:30 horas a 19:00 aproximadamente

    📌Inscripciones: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSfHI4LFHvsXgNFjujvv-4qSb_dU_MkcRR—zFQVDDli3sdzA/viewform?usp=sf_link

  • Relaciones laborales sector público

    Principales modalidades de contratación laboral en el Estado. Modificaciones y desafíos para las relaciones laborales

    Los invitamos a nuestra última actividad del año.

    Sábado 3 de diciembre de 10:00 a 12:00 aproximadamente por plataforma zoom.

    Organiza: Comisión de formación permanente ALRLU

    Expone: Lic. RRLL Ana Laura López

    Inscripciones: del 22/11/22 al 01/12/22

    Inscríbete aquí: https://forms.gle/QSobqpJ5jZSdqW1r6

    Actividad sin costo con inscripción previa

    Planificación

    1. Objetivos
      ● Introducir a los participantes en los distintos vínculos laborales que existen en el sector público, específicamente en la Administración Central.
      ● Que los participantes conozcan las principales características de las diferentes contrataciones típicas y atípicas de la Administración Central, con especial énfasis en las modificaciones introducidas en este periodo de gobierno.
      ● Analizar los desafíos que implican para las relaciones laborales las diferentes modalidades contractuales y la implicancia de sus cambios.
    2. Metodología Didáctica:
      ● Exposición teórica
      ● Método activo – Dinámica con preguntas sobre lo expuesto en la charla a través de plataforma online.

    Se entregará certificado de asistencia a quienes cumplan con el 80 % de conexión, no se entregarán materiales ni grabación.

    Organización de actividades: